Tuve la oportunidad de puntualizar la agenda democrática boliviana el 7 de junio de 2024, con la intención de poner de manifiesto los actos electorales que viviría el país durante tres años consecutivos: “En términos de calendario, la agenda democrática abarca los años 2024, 2025 y 2026, con cuatro procesos electorales, regulados previamente: elecciones judiciales (artículos constitucionales 182, 188, 194, 198), elecciones primarias (artículo 29 Ley 1096), generales (artículo 166 CPE) y subnacionales (artículo 285 CPE)” (https://brujuladigital.net/opinion/la-agenda-democratica-en-bolivia).
En el transcurso de los meses, el Tribunal Supremo Electoral argumentó la imposibilidad de realizar las elecciones primarias tal como lo establecía la Ley 1096. Hubo un acuerdo interinstitucional y multipartidario que evitó la realización de este acto democrático. En ese momento, junto a la ciudadanía organizada en el Comité Nacional de Defensa de la Democracia (Conade) argumentábamos la necesidad de realizar elecciones ciudadanas primarias abiertas, no enclaustradas al voto calificado de los militantes partidarios, sin embargo, entendiendo la coyuntura hubo flexibilidad y se optó por apoyar el acuerdo antes mencionado.
En su debido momento denunciamos, realizamos actos de protesta y movilizaciones en contra de los magistrados autoprorrogados del Tribunal Constitucional Plurinacional al comprender la naturaleza delictiva y espuria de la usurpación de cargos, que realizaban con el apoyo directo del gobierno de Luis Arce. Eso fue a partir del 4 de enero de 2024, en Sucre y en otras ciudades del país, posteriormente.
Las consecuencias del quiebre constitucional al interior del Tribunal Constitucional Plurinacional afectaría directamente a la agenda democrática boliviana, de forma precisa a las elecciones judiciales.
El año 2023, la Asamblea Legislativa Plurinacional debió convocar a candidatos a magistrados al Órgano Judicial y al Tribunal Constitucional Plurinacional, realizar la preselección, de manera que el TSE organice el proceso de votación ciudadana para elegir 26 magistrados. Esto no sucedió, tanto por la crisis interna de las bancadas parlamentarias fraccionadas y enfrentadas entre sí, como por la mediocridad e incapacidad institucional manifiesta de realizar sus labores de parte del parlamento.
Así, se crearon las condiciones para que el proceso electoral judicial sea saboteado desde algunos postulantes, desde el Palacio de Gobierno y, finalmente, desde los magistrados autoprorrogados. El resultado fue elecciones judiciales pospuestas y, lo más grave, fraccionadas en dos.
Una parte del electorado convocado a votar el 15 de diciembre de 2024 y otra parte sin el ejercicio de dicho derecho hasta el día de hoy. De los 26 magistrados a ser elegidos, solo se votaron constitucionalmente por 19.
La Sentencia Constitucional Plurinacional 0770/2024-S4 es el arma ilegal de los autoprorrogados que lacera la democracia. No sólo que impide la conclusión de la agenda democrática boliviana, sino que perpetúa en el tiempo el golpe judicial dado por los delincuentes usurpadores, anidados en el Tribunal Constitucional Plurinacional.
La SCP 0770/2024-S4 resuelve:
“POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve:
EN EL EXPEDIENTE 68139-2024-137-AAC CONFIRMAR EN PARTE la Resolución 87/2024 de 15 de octubre, cursante de fs. 447 a 457 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Beni; y en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada por Hugo Vargas Palenque; disponiendo: - La inaplicación del art. 37.II de la Ley Transitoria Para las Elecciones Judiciales 2024 (Ley 1549 de 6 de febrero de 2024), por ser manifiestamente contrario a las normas constitucionales mencionadas; - Declarar desierta la convocatoria a Magistradas y Magistrados para el Tribunal Supremo de Justicia en los departamentos de Beni y Pando; - Declarar desierta la convocatoria a Magistradas y Magistrados para el Tribunal Constitucional Plurinacional en los departamentos de Pando, Cochabamba, Santa Cruz, Beni y Tarija; - Correspondiendo emitirse nueva convocatoria para los Órganos de Justicia declarados desiertos mediante esta resolución constitucional.
2° DENEGAR la tutela impetrada, con relación a los siguientes Órganos: - Tribunal Supremo de Justicia: Departamentos de Chuquisaca, La Paz, Tarija, Oruro, Potosí, Cochabamba y Santa Cruz; ante el cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos; - Tribunal Constitucional Plurinacional: Departamentos de Chuquisaca, Oruro Potosí y La Paz, ante el cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos; y, - Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura, por las mismas razones.”
El resultado de la vulneración de la democracia es:
1. Magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional de Pando sin fecha para su elección.
2. Magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional de Cochabamba sin fecha para su elección.
3. Magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional de Santa Cruz sin fecha para su elección.
4. Magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional de Beni sin fecha para su elección.
5. Magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional de Tarija sin fecha para su elección.
6. Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia de Pando sin fecha para su elección.
7. Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia de Beni sin fecha para su elección.
Señores vocales del Tribunal Supremo Electoral, diputados y senadores de la Asamblea Legislativa Plurinacional ¿Cuándo cumplirán con sus obligaciones constitucionales y convocaran a elecciones judiciales para completar los cargos acéfalos del TCP y TSJ?