BEC_SmartPlay-Viajera-1000x155px
BEC_SmartPlay-Viajera-1000x155px
Brujula-Digital-BancoSol-PDF-Solfestivo-Diciembre-1000x155px-
Brujula-Digital-BancoSol-PDF-Solfestivo-Diciembre-1000x155px-
Cuestión de Ideas | 19/06/2020

El organismo electoral sigue sacudido en el ojo de la tormenta

Wálter Guevara Anaya
Wálter Guevara Anaya

El organismo electoral finalmente dio curso a los insistentes pedidos de que se constituya en parte querellante en los procesos contra las previas autoridades acusadas de fraude electoral. El artículo 24 de la Ley del Órgano Electoral Plurinacional dispone en sus incisos 33 y 34 que el organismo electoral está obligado a denunciar los delitos electorales ante la justicia ordinaria.

Esto a pesar de que el Artículo 11 de la misma ley dispone que este organismo es la máxima instancia en materia de justicia electoral. El procurador, funcionario designado por el actual gobierno, reclamó al organismo electoral que no hubiera mencionado en su querella los nombres de los acusados. De inmediato el MAS acusó al organismo electoral de ser parte de un plan del gobierno de anularlo como partido político.

Todo esto era perfectamente previsible para los que insistieron en que el organismo electoral acuse a las anteriores autoridades. Decidieron hacerlo a pesar de las ambigüedades que tiene esta ley sobre este punto. Se arriesgaron a dar la impresión, con o sin quererlo, de que están tratando de presionar al organismo electoral para que se parcialice con su propia candidatura y de desprestigiarlo por no haber aceptado esos pedidos. 

El artículo 11 prescribe con el mayor detalle que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) tiene jurisdicción y competencia sobre los delitos electorales donde sea que se los cometa. Determina que puede decidir sin recurso ulterior todas las controversias sobre faltas electorales.

Por si fuera poco, añade que sus decisiones en materia electoral son de cumplimiento obligatorio, inapelables e irrevisables, excepto en los asuntos que correspondan al ámbito de la jurisdicción y competencia del Tribunal Constitucional Plurinacional. En suma, dispone la supremacía del Tribunal Supremo Electoral en materia de justicia electoral.

Ninguno de estos artículos menciona que los delitos electorales son una atribución de la justicia ordinaria. Eso no quiere decir que la justicia ordinaria no pueda seguir por sus propios canales lo que corresponda respecto a delitos y daños causados por autoridades electorales. Ese es un canal independiente de la justicia electoral.

Las mañas del MAS no quedaron atrás

No sorprende que una ley aprobada por el MAS tenga contradicciones que puedan ser utilizadas mañudamente según la conveniencia de sus autores. Lo que sorprende es que las autoridades del presente gobierno utilicen estas contradicciones en lo que puede dar la impresión de ser un intento de presionar o desprestigiar al organismo electoral.

Lo correcto ante esta aparente contradicción hubiera sido que los reclamantes pidan una aclaración al Tribunal Constitucional Plurinacional antes de acusar al actual organismo electoral de incumplimiento de deberes. Sorprende que confíen a ciegas en la justicia ordinaria, muy cuestionada por su sumisión al gobierno que la designó.

A la luz de este entuerto lo más aconsejable es que esta ley se enmiende en el futuro para aclarar y aumentar la independencia y jerarquía de la justicia ejercida por el TSE en materia electoral. La mejor manera de hacerlo es separar la función jurisdiccional de la función administrativa, creando dos Salas separadas bajo el mismo techo.

Si los administradores de una elección cometen fraude, no puede ser que sean ellos mismos los encargados de juzgar esos delitos. Así fue como las anteriores autoridades electorales se eximieron de toda culpa. El actual organismo electoral tiene la facultad de procesar esos delitos, a pesar de que esa acción puede interferir con la conducción de la próxima elección.

En efecto, el actual organismo electoral, en ejercicio de su función administrativa, ha reconocido como una realidad política la candidatura del MAS. No puede ser que, en ejercicio de su función jurisdiccional, el mismo organismo se vea obligado a revocar la personalidad jurídica de un partido que representa al menos un tercio del electorado.

Lo importante y lo urgente

Para que no se repita la bochornosa re-re-re-elección de Evo sin caer en el otro extremo es muy importante la elaboración un estudio constitucional sobre si es o no conveniente mantener una sola re-elección presidencial inmediata, independientemente de lo que se piense sobre la postulación de Jeanine Añez, que por supuesto no lo es a una re-elección.

Para el caso particular de Jeanine es urgente una reglamentación de lo que puede o no hacer cualquier candidato cuando ejerce la Presidencia de la República. En el mismo sentido conviene redactar y publicar un manual de ética para candidatos, partidos y coaliciones, así como una guía para una adecuada cobertura mediática de la campaña electoral.

Otro tema importante es el referido al respeto del voto que se consigna en las actas electorales. Este respeto se basa en el llamado principio de preclusión. Lo registrado y firmado ya no se altera. Las actas electorales no pueden ser modificadas por ningún nivel superior de la administración o la justicia electoral, como traté en mi artículo anterior.

En cada elección se deben explicar los alcances precisos del principio de preclusión para no volver a permitir que niveles superiores alteren los resultados. Por el momento se debe dar una respuesta convincente de cómo se aplica este principio a los pedidos de que se reabra todo el proceso electoral, incluyendo la inscripción de nuevos candidatos, partidos y alianzas.

Educación compensatoria para candidatos y votantes

Tal como lo expresa su pronunciamiento del 2 de junio, “el organismo electoral ha sido en el transcurso del año, el único lugar donde todas las fuerzas políticas han podido reunirse, expresarse, manifestar sus discrepancias y, en última instancia, concertar.”

Algunos candidatos inseguros o declinantes se han mostrado reacios a esta convocatoria. Por buen o mal cálculo han atacado a las autoridades electorales. Este deplorable ejemplo puede tener eco en mucha gente. Muchos siguen aceptando la consigna del anterior gobierno de calificar todos los acuerdos como “juntuchas de la partidocracia.”

Esto no sorprende si tomamos en cuenta la deficiente cultura política de nuestro país. Hay una muchedumbre siempre lista para echar el mejor organismo electoral a su basurero favorito, que ya está lleno de políticos ineptos, corruptos y lambones, lo merezcan o no lo merezcan.

Para empezar a compensar este déficit es importante que el organismo electoral lance un serio y bien pensado programa de educación democrática de largo plazo. El Servicio de Fortalecimiento Democrático que fue copado por el MAS en el mismo seno del organismo electoral debe ser recapturado y reacondicionado para este propósito.

Wálter Guevara es un inficionado a la filosofía.



BRÚJULA-colnatur diciembre-2024 copia
BRÚJULA-colnatur diciembre-2024 copia
AlicorpEffie2024-300x300
AlicorpEffie2024-300x300