PC_GPTW-Brujula-digital
PC_GPTW-Brujula-digital
Ahorrate Problemas 1000x155px
Ahorrate Problemas 1000x155px
El Tejo | 14/01/2024

Del dicho al hecho

Juan Cristóbal Soruco
Juan Cristóbal Soruco

La Constitución Política del Estado establece que toda “persona tiene derecho a recibir educación en todos los niveles de manera universal, productiva, gratuita, integral e intercultural, sin discriminación” (Art. 17). Además, en el artículo 77, dispone que la “educación constituye una función suprema y primera responsabilidad financiera del Estado, que tiene la obligación indeclinable de sostenerla, garantizarla y gestionarla” (Inc. I) y que el “sistema educativo está compuesto por las instituciones educativas fiscales, instituciones educativas privadas y de convenio” (Inc. III).

Ambos artículos dan pie para que el Estado promueva un sistema educativo de calidad. Pero se trata de objetivo muy lejos de alcanzar pues para los administradores del Estado la educación es un dolor de cabeza constante y un espacio de poder, más aún si logran aliarse con la burocracia sindical del magisterio que, como en todas partes del mundo, es, junto con los abogados, el sector más reaccionario y retardatario de las sociedades.

El resultado es que el sistema educativo boliviano es desastroso y lo poco que se avanzó a partir de 1982, cuando el país optó por el sistema democrático, fue revertido desde 2006, cuando el MAS se apoderó del Estado y decidió impulsar una reforma anacrónica que no sólo que barrió con lo logrado sino que agudizó las falencias existentes para cumplir la misión constitucional.

El tema viene a cuento porque estamos en el tormentoso tiempo de las inscripciones escolares, en el que ya se pueden observar las falencias del sistema vigente, pues los padres/madres andan desesperados porque sus hijas/os (ayayay por las concesiones gramaticales que se deben hacer en estos tiempos) logren ingresar al colegio que quieren (porque es mejor o está más cerca del hogar). De hecho, no se termina de diseñar un proceso ordenado de inscripción, lo que provoca aglomeraciones desde las madrugadas para alegría de los vendedores de alimentos callejeros.

En el caso de los establecimientos fiscales estas aglomeraciones son más visibles y en el caso de los privados y de convenio las hay menos, pero no por ello menos problemas. Uno de ellos, es el monto de las pensiones que los padres deben abonar. No es un tema fácil. De hecho, su definición no responde a criterios técnicos, sino a presiones provenientes de los propios padres. Muchos de ellos, en este tiempo, se alían con los burócratas del Estado que están muy predispuestos a ahogar al sistema privado.

En este escenario, los medios de comunicación se convierten, en general y sin casi excepciones, en voceros de los padres que denuncian intentos “despiadados” de incrementar las pensiones, denuncias que, como no sucede con lo importante, son rápidamente atendidas por las autoridades del Ministerio de Educación que sin cumplir su verdadera misión, que sería supervisar si la calidad ofrecida por los privados responde a las mensualidades que cobran, instruyen, como ha sucedido desde el 2020, que no haya  ningún incremento, a la vez que “no” se oponen a que su gobierno decrete el incremento salarial de los maestros.

Por ello, no extraña que el titular de Educación llame a “la cordura” a los administradores de los colegios privados. “Si vamos a condicionar que la calidad de la educación va a depender de la cantidad de la pensión, estamos muy equivocados. Debemos ser (instituciones educativas) de servicio, no negociantes de la educación” … y prohíba condicionar el pago de las pensiones con la entrega de libretas porque se vulnera el derecho a la educación de los estudiantes.

En definitiva, aquello de que la “educación constituye una función suprema y primera responsabilidad financiera del Estado, que tiene la obligación indeclinable de sostenerla, garantizarla y gestionarla” es solo un papo para las autoridades estatales del sector.



300X300 Brujula Digital Lateral  (1)
300X300 Brujula Digital Lateral  (1)