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Política | 18/09/2020   18:49

La nueva cédula de identidad empleará código QR y tendrá vigencia de 10 años

El Gobierno aprobó el Decreto Supremo 4342 que moderniza el documento. Para las personas mayores a 58 años y con discapacidad grave y muy grave calificada, el carnet tendrá vigencia indefinida

Prototipo de cédula de identidad presentado en 2017. Foto: Ministerio de Gobierno
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Brújula Digital |18|09|20|

El Gobierno dictó el Decreto Supremo 4342 que moderniza la cédula de identidad, documento que también será en formato digital, a través de un Código QR (código de barras bidimensional) que contendrá los mismos datos del documento físico y servirá para realizar todo tipo de trámites. La vigencia del documento para las personas mayores a 58 años y con discapacidad será indefinida, se informó desde el Ministerio de Gobierno. 

El gabinete ministerial estableció también que la cédula de identidad física tenga una vigencia de 10 años y 1 año el formato digital, señala el reporte. Para las bolivianas y bolivianos mayores a 58 años y para las personas con discapacidad grave y muy grave calificada, la cédula de identidad en ambos formatos tendrá vigencia indefinida.

Este proyecto data de 2017, cuando se anunció que el nuevo documento iba a tener una serie de características modernas y de seguridad.

El código QR es un código de barras bidimensional cuadrada que puede almacenar los datos codificados. Este sistema fue creado en 1994 en Japón, es el más famoso de código de barras 2D en el mundo, una tecnología que ahora es libre y que a partir de 2010 se expandió por EEUU y Europa.

El Registro Único de Identificación, según el decreto, debe contener el registro de biométrico facial, el registro de biométrico dactilar, los nombres propios, apellidos, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento y el número de cédula de identidad.

Según corresponda, tendrá información complementaria como los datos del certificado de nacimiento, de matrimonio, de defunción, de la profesión u ocupación, de la libreta de servicio militar, además de datos complementarios de los padres, tutores o terceros, en caso de niña, niño o adolescente. Adicionalmente datos de resoluciones administrativas relacionadas con la identidad de la persona, el domicilio, datos biométricos y otros datos declarativos.

La reglamentación de este decreto dentro y fuera del territorio nacional, estará a cargo del Servicio General de Identificación Personal (SEGIP), que es la única entidad pública facultada para otorgar la cédula de identidad, pues crea, administra, controla, y precautela el Registro Único de Identificación de las personas naturales a efecto de su identificación y ejercicio de sus derechos.

BD/JJC



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