Siguiendo su tradición de valentía, mujeres de organizaciones de Cochabamba han propuesto al Tribunal Supremo Electoral la aplicación del binomio paritario presidencial, para que todas las organizaciones políticas presenten candidaturas cumpliendo la regla de la paridad y alternancia, de acuerdo con lo que señala la Constitución Política del Estado y la Ley de Régimen Electoral. Se trata de una petición de cumplimiento, respaldada por otras organizaciones de mujeres del país, que puede materializarse en los reglamentos que se elaborarán para las próximas elecciones, sin la necesidad de aprobación de una ley en el Legislativo. Y es el resultado de un trabajo desprendido de mujeres que, sin el interés de protagonizar espacios, se sentaron juntas a pensar en aquellas situaciones que limitan su participación efectiva en elecciones –a pesar de la normativa existente, sobre todo desde 2012, con la Ley 243 Contra el Acoso y la Violencia Política hacia las Mujeres– para encontrar soluciones prácticas que no admitan excusas y que no dependan de la voluntad de actores políticos.
La propuesta trabajada por Jubileo y la Oficina Jurídica para la Mujer, el Foro Político Departamental de Mujeres y Ciudadanía en Cochabamba, entregada en julio de 2024 (una semana antes del encuentro multipartidario del año pasado), señala que se debe cumplir lo señalado en la Constitución Política del Estado cuando dice que “La participación [política] debe ser equitativa y en igualdad de condiciones entre hombres y mujeres” (art. 26.I) y la Ley de Régimen Electoral cuando, en el principio de equivalencia, señala que la paridad y alternancia de género aplica a “las listas de candidatos/as para todos los cargos de gobierno” (Ley 026 art. 2.h), aplicando además el principio de progresividad de los derechos, aunque la Ley de Régimen Electoral y la de Organizaciones Políticas no explicitan la paridad de los binomios presidenciales.
Por tanto, dado que el TSE tiene la atribución de emitir reglamentos para cada elección, la propuesta pide incorporar en el Reglamento para la Inscripción y Registro de Candidaturas de las Elecciones Generales de 2025 un texto señalando: “Todas las organizaciones políticas aspirantes a la presidencia del Gobierno central, a partir de las Elecciones Generales 2025, están obligadas a postular binomios presidenciales paritarios; entre los dos candidatos a presidente y vicepresidente, al menos uno debe ser mujer, para asegurar que, en el resultado, gane quien gane las elecciones, se garantice la paridad de género en los cargos electos del Órgano Ejecutivo del Gobierno central”.
Por su parte, el Tribunal Supremo Electoral entregó en octubre del año pasado un proyecto de ley al Legislativo, proponiendo modificar el Artículo 28 de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas, para promover una participación equitativa de las mujeres en altos cargos electivos del país y asegurar que las nominaciones de candidaturas se realicen de manera equitativa entre hombres y mujeres también para los cargos del Ejecutivo.
Refrendando este proyecto de ley, el documento de conclusiones del encuentro multipartidario del 17 de febrero pasado insta, en los puntos 8 y 9, a las organizaciones políticas y alianzas que competirán en las Elecciones Nacionales 2025 a garantizar los derechos políticos de las mujeres en la presentación de listas de candidatos, respetando la paridad y alternancia de género, y a la Asamblea Legislativa Plurinacional a considerar y aprobar el proyecto de ley remitido por el TSE sobre la paridad y alternancia en binomios de candidaturas presidenciales.
Está claro que, si
comparamos ambas vías como mecanismos de implementación, en el escenario creado
por el organismo electoral al entregar el proyecto de ley a la Asamblea, la
aplicación del binomio paritario presidencial depende de la voluntad política de
ese Órgano del Estado, camino por demás peligroso, porque la aprobación de esta
ley podría estar ligada a la aprobación de créditos para garantizar la
provisión de los recursos económicos para la organización y ejecución de las
Elecciones Nacionales 2025, especialmente para el voto en el exterior y para la
transmisión rápida de resultados electorales. ¿Cuál es el camino más
práctico?
Sandra Verduguez es comunicadora social.