NUEVO LOOK
NUEVO LOOK
Brujula-Digital-BancoSol-PDF-Solfestivo-Diciembre-1000x155px-
Brujula-Digital-BancoSol-PDF-Solfestivo-Diciembre-1000x155px-
Ruta del pacto | 28/01/2024

Elecciones judiciales sin cuoteo

Carlos Bellott
Carlos Bellott

El presidente Arce y el ministro Lima proponen unas elecciones judiciales sin cuoteo (Brújula Digital, 22/01/2024). Esto es muy interesante y acorde con la Constitución. De ser auténtica, la propuesta será muy bien recibida por la sociedad boliviana y los organismos internacionales. Siendo así, el ala evista del MAS y la oposición tendrían que aceptarla, dado que eso no sólo viabilizaría y agilizaría las elecciones, sino que podría tener efectos muy positivos para la anhelada independencia de la justicia.

El “cuoteo” en las elecciones judiciales se refiere al acuerdo para distribuirse las candidaturas entre las diferentes fuerzas políticas presentes en las Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP). En este caso, sería entre el ala evista y arcista del MAS, además de entre Comunidad Ciudadana y Creemos, de la oposición. Eso dado que, para definir las candidaturas, se requiere dos tercios de voto, y la única manera de lograrlo sería mediante la negociación política que naturalmente suele implicar un cuoteo.

Eso significa que, como resultado de las elecciones, podrían existir magistrados/as y consejeros/as judiciales que respondan políticamente a esas cuatro fuerzas, en proporción al cupo que le tocó a cada una. Esto sería un poquito mejor que lo que ocurre en la actualidad, ya que, en un contexto de dos tercios del oficialismo, como fue el de 2017, cuando se definieron las candidaturas para las actuales autoridades judiciales electas, estas terminan respondiendo únicamente al oficialismo. Una diversidad política en estos cargos electos ayuda a transparentar las decisiones judiciales: en casos de pretensión de favorecimiento al oficialismo o a alguna otra fuerza política, podrían los magistrados tender a denunciar.

El efecto positivo suele ser que, en el afán de cuidarse, al menos se esfuerzan en fundamentar las decisiones judiciales de la mejor manera posible y, en casos evidentemente contrarios a la Constitución y a las leyes, a negarse a hacer caso a los políticos que piden favorecimiento. En un contexto de cooptación política única, hacen caso a todas las peticiones oficialistas, emiten resoluciones muchas veces contrarias a la CPE y a las leyes, y ni siquiera se esfuerzan en fundamentarlas, dado que saben que saldrán impunes al existir control político oficialista sobre el Consejo de la Magistratura y sobre la ALP, con lo que se imposibilitarían juzgamientos por prevaricato. Pero unas elecciones judiciales sin cuoteo es la forma ideal, la compatible con la Constitución y con las exigencias de la ciudadanía, sobre todo por su contribución a la independencia judicial.

Actualmente, la ALP tiene la potestad de seleccionar candidatos/as para las judiciales, eligiendo a estos por dos tercios de votos de los legisladores presentes. Esto posibilita que, de entre un margen de mayor calificación, que suele ir hasta por debajo del 71% del puntaje (aplazados según la calificación mínima en posgrados de universidades de la CEUB), la ALP elija una cantidad de candidatos. Lo anterior posibilita la cooptación política por quienes tienen el poder de elegir y condicionar su voto en favor de los postulantes a cambio de su lealtad y apoyo político desde el cargo judicial, en caso de ser electos. Por esta razón es que los buenos abogados del país, en especial los éticos, no se postulan. Saben que se opera así y, justamente por su ética, no están dispuestos a aceptar ser candidatos a cambio de favorecer posteriormente en las decisiones judiciales.

Esta forma, que implica un mecanismo de cooptación política del Órgano Judicial y del TCP, va contra el principio de independencia judicial que dice: “la función judicial no está sometida a ningún otro órgano de poder público” (Ley 025, art. 3.2), además de ser inconstitucional (CPE arts. 12.I y 178.I). Para que sea compatible, se debe eliminar el margen de discrecionalidad y la ALP debe elegir como candidatos directamente a los postulantes que hayan obtenido la mayor calificación. Puesto que esto no permitirá condicionamientos, pesando únicamente los méritos, los abogados capaces y éticos del país finalmente se animarán a postular, lo que generaría una justicia de mejor calidad y un poco más independiente.

Ya que para que eso sea así efectivamente se requiere un proceso de selección transparente, será necesaria la presencia de veedores de prestigio ético, tanto de la sociedad civil como de los organismos internacionales, con derecho a interpelar en caso de notar favorecimientos o descalificaciones forzadas. Una veeduría de boca tapada no tiene sentido.

En realidad, así ya lo establece la Ley del Órgano Judicial cuando dice: “La ALP efectuará la preselección, en base a una previa calificación y evaluación meritocrática” (Ley 025, art. 20.IV). Significa que no pueden ser tomados otros criterios que no sean estos, lo que obliga a elegir sólo a los de mayor mérito.

Respecto a la obligatoriedad de la transparencia, la Ley de Régimen Electoral dice que “todas las actividades vinculadas al ejercicio de la democracia intercultural son públicas y sus procedimientos garantizan su transparencia” (Ley 026, art. 2.l). La razón de ser de los observadores internacionales es justamente “contribuir a la transparencia de la administración y gestión de los procesos electorales” (Ley 026, art. 253) y no sólo en el acto de sufragio universal. Y, sobre la veeduría de la sociedad civil, la ley dice que “en el proceso de postulación, preselección y selección, participará activamente el control social de acuerdo con la ley” (Ley 025, art. 20.VIII). El control social no es una organización, sino toda sociedad civil organizada e individual (CPE, arts. 241.II y 242.9-10; Ley 026, art. 4.f). No obstante, la ley no puede restringir arbitrariamente el ejercicio del control social, sino únicamente si esa limitación está orientada a proteger otros derechos.

Esa sería la única forma de realizar unas “elecciones judiciales sin cuoteo”, como propone el oficialismo en gobierno. Que el ala evista del MAS y la oposición no apoyen la propuesta significaría que sus legisladores no están dispuestos a contribuir en la independencia judicial ni a realizar las elecciones judiciales. Esperemos que la propuesta del arcismo haya sido seria y auténtica, y que efectivamente desean eso tan bueno para el país.

Carlos Bellott es constitucionalista en temas de organización y funcionamiento del Estado.



WhatsApp Image 2024-12-03 at 16.30.11
WhatsApp Image 2024-12-03 at 16.30.11
AlicorpEffie2024-300x300
AlicorpEffie2024-300x300