Se trata de Franz Apaza, quien ocupa el puesto de viceministro de Pensiones y Servicios Financieros, autoridad que la semana pasada se refirió a las modificaciones que el proyecto de ley 395 intenta introducir a la ley 65. Insiste en que se aumentará la pensión solidaria de vejez y que no se pretende implementar una jubilación forzosa. Estas afirmaciones son medias verdades, como las que esgrimió su antecesora en junio del año pasado.
Hay que tener en cuenta que un trabajador que cuenta con 35 años o más de aportes recibe una pensión de 4.200 bolivianos si califica al beneficio del fondo solidario. El viceministro de marras explicó que para esos jubilados el proyecto establece un aumento de 1.000 bolivianos. Para el resto los aumentos dependerán de las nuevas tablas aplicables a la otorgación del fondo solidario.
Sin embargo, el proyecto se refiere explícitamente a las pensiones en curso (o sea la de aquellos que ya calificaron y que reciben una fracción solidaria), pero deja el aumento sujeto a reglamentación. Mientras esa reglamentación no se promulgue solo aumentará la fracción solidaria de aquellas personas que se jubilen después de promulgada la modificación referida. Además, hay que considerar que, para alcanzar el máximo de la pensión solidaria (35 años), el trabajador debe haber aportado también al viejo sistema de pensiones al menos ocho años. Nadie que sólo perteneció al sistema de capitalización individual puede calificar 35 años de aportes porque este sistema recién cumplirá 27 años de funcionamiento el 1 de mayo de este año.
La modificación a la ley señala que los trabajadores que deseen seguir trabajando después de los 65 años deben aprobar un examen físico y mental por parte del Instituto Nacional de Salud Ocupacional. La lista de espera será, como podemos imaginar, interminable. El proyecto hará que, literalmente, miles de empleados mayores de 65 años que continúan activos se expongan ante una comisión, que deberá atender a estas miles de personas que desearán seguir trabajando. Si pasaran adecuadamente ese examen, podrían seguir en sus cargos, pero con certeza ese proceso tomará una eternidad. Si se cumple lo que dice el proyecto, deberán descontinuar su trabajo hasta que aprueben el examen. Por estas razones, esta exigencia se traduce en una jubilación forzosa de facto para sectores profesionales principalmente; con razón estos la han calificado como un “atentado a su dignidad” y en diversos documentos y declaraciones han demostrado que es inconstitucional.
Este examen físico y mental afectará a muchos profesionales en diversas actividades, particularmente, a los profesionales de la salud que tienen carreras que empiezan a ejercer después de al menos 12 años de preparación. Luego continúan su carrera en puestos con salarios que no permiten aportes significativos por otros 10 años. O sea, si empezaron a ejercer sus profesiones a los 30 o 35 años y necesitan 35 años para obtener alrededor del 60% de su salario promedio de los dos últimos años; por lo tanto, se está hablando que recién lo lograrán a los 65 o 70 años de edad. Si un oncólogo empezó a trabajar en 1993, tendría hoy tres años de aporte al viejo sistema y cerca de 27 en el nuevo. Ya tiene 65, pero su jubilación no supera los 3.000 bolivianos y con un sueldo, digamos, de 14.000 bolivianos, no es elegible para obtener una pensión solidaria. Además, se le exigirá el bendito examen ocupacional.