El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) tiene poderes ilimitados incluyendo la facultad de crearse nuevas competencias. No siendo abogado, explico en este artículo lo que creo que son excesos y reclamo un cambio constitucional.
La figura del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) está incluida en la Constitución Política del Estado (CPE). Sus arts. 196 a 204 determinan que sus funciones principales son: 1) Velar por la supremacía de la Constitución, 2) Ejercer el control de constitucionalidad y 3) Precautelar el respeto y la vigencia de los derechos y garantías constitucionales.
Entre los puntos destacados de las normas que lo rigen están los siguientes:
1. El TCP no está sometido a ningún otro órgano del poder público. Sus decisiones y sentencias son vinculantes y de cumplimiento obligatorio. Puede requerir la intervención de la fuerza pública para hacerlas cumplir.
2. Puede declarar la inconstitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos y todo género de ordenanzas y resoluciones no judiciales.
3. Puede dirimir los conflictos de competencias entre órganos del poder público (incluyéndose a sí mismo).
Los excesos del TCP transcurrieron en dos etapas. En la primera, aprobó normas inconstitucionales para permitir que el presidente Evo Morales se presente a las elecciones por tercera y cuarta vez. En la segunda, hizo todo lo posible para alejar a Evo Morales de la arena política, siguiendo la voluntad de su contrincante, el presidente de la república Luis Arce, y entró en fragrante conflicto de competencias con otros órganos de estado.
En el 2013, Evo Morales buscaba un tercer mandato. El TCP le autorizó aquello afirmando que Bolivia era un nuevo Estado desde la vigencia de la nueva CPE de 2009. En el año 2017 el TCP habilitó a Evo Morales a buscar la reelección las veces que quisiera, pese a la prohibición constitucional y a que Morales perdió el referendo de 2016.
Después del cambio de gobierno del 2020, el TCP tuvo nuevas ocurrencias: se autoprorrogó, invadió los campos de competencia del Órgano Electoral y del Poder Legislativo y el dominio de decisión de los militantes de un partido político.
El TCP terminó su mandato el 31 de diciembre 2023. Dotado de un poder inmenso, decidió autoprorrogarse en un contexto en el que la Asamblea Legislativa no logró convocar a nuevas elecciones judiciales, entre otras razones, por las repetidas sentencias emanadas por el mismo TCP para evitarlas, con la clara anuencia del poder ejecutivo.
El 9 de noviembre, la sentencia 1010/2024 del TCP estableció que ninguna persona puede ocupar un cargo electo por más de dos gestiones intentando cerrar de esta manera la posible candidatura a la presidencia de Evo Morales en las elecciones del año 2025. Cabe recordar que el TCP solo debe ayudar a interpretar la CPE y no puede añadirle algo que no tiene.
El 4 de noviembre 2024, el TCP emitió la sentencia 0770/2024 suspendiendo las elecciones judiciales en los departamentos de Beni, Pando, Cochabamba, Santa Cruz y Tarija, con el propósito de seguir prorrogándose en el cargo.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) anunció que desobedecería esta sentencia y convocó el 11 de noviembre 2024 a una reunión a los poderes legislativo y ejecutivo, a representantes de los partidos políticos y de movimientos sociales. En esta reunión, todos se manifestaron a favor de continuar con el proceso eleccionario iniciado por el TSE lo que significaba desconocer la sentencia 0770/2024 del TCP.
El 13 de noviembre 2024, el Senado aprobó un proyecto de ley estableciendo que el proceso de elección de los magistrados debía continuar como estaba planificado por el TSE. El mismo día, el TCP ratificó la sentencia 0770/2024 de elecciones judiciales parciales planteándose un serio problema de competencias entre el Órgano Electoral, el Poder Legislativo y el TCP, que fue zanjado a su favor por el mismo TCP según las leyes de su creación.
Las facciones del MAS, la arcista y la evista, recurrieron al TCP para que sean validados sus respectivos congresos, uno realizado por el evismo en Lauca Ñ de octubre de 2023 y el otro, en mayo, en El Alto. El jueves 14 de noviembre, el TCP dio la razón a los arcistas, dando la sigla de ese partido al presidente Luis Arce y reconoció a Grover García como presidente de ese partido, negando a Evo Morales la jefatura.
El TSE había rechazado ambos congresos debido a que no cumplían el propio estatuto del MAS. Se generó un conflicto de competencias entre el TSE y el TCP que se resolvió, nuevamente, a favor de este último según las prerrogativas que las leyes le confieren. También el TCP violó el principio que rige a cualquier partido político que establece que son sus militantes los que eligen al jefe.
El 19 de noviembre, el presidente interino del Legislativo, Andrónico Rodríguez, promulgó la ley 075 dejando cesantes a los magistrados del TCP y anulando todos los actos en que incurrió durante este año. Esta ley fue aprobada por la Asamblea Legislativa el 6 de junio 2024 en otro interinato de Andrónico Rodríguez, pero fue declarada inconstitucional por la sentencia 0041/2024 del TCP. El gobierno hizo saber que no publicará esta ley en la Gaceta Oficial sin lo cual no entra en vigor. Nuevo problema entre el Legislativo y el TCP.
Los conflictos institucionales generados por el TCP son gravísimos, no tienen parangón en la historia de Bolivia. No se sabe en qué terminará.
Un principio universal de derecho señala que nadie está obligado a obedecer a un tribunal de justicia que emite resoluciones contra la CPE y la leyes. Lo que corresponde hacer en el futuro es modificar el orden constitucional para limitar la omnipotencia del TCP.