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Política | 28/04/2025   20:50

TCP admite recurso contra el DS 138 y Cuéllar dice que la detención de Camacho es ilegal

El líder político Vicente Cuéllar informó que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) admitió la Acción de Inconstitucionalidad Concreta presentada contra el Decreto Supremo 138 de 2009. Según el rector de la universidad cruceña, la decisión paraliza el proceso penal derivado del paro cívico de 36 días y demuestra "la ilegalidad y arbitrariedad" de la detención del gobernador cruceño Luis Fernando Camacho.

El líder político Vicente Cuéllar.. Foto: RRSS
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El líder político Vicente Cuéllar informó que  el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) admitió la Acción de Inconstitucionalidad Concreta presentada contra el Decreto Supremo 138 de 2009. Según el rector de la universidad cruceña, la decisión paraliza el proceso penal derivado del paro cívico de 36 días y demuestra "la ilegalidad y arbitrariedad" de la detención del gobernador cruceño Luis Fernando Camacho.

“El TCP admitió la Acción de Inconstitucionalidad Concreta contra el Decreto Supremo 138 del 20 de mayo de 2009, por lo que el proceso penal del caso del paro cívico de 36 días queda paralizado. En consecuencia, la detención del gobernador Luis Fernando Camacho por este proceso es ilegal y arbitraria”, manifestó Cuéllar a través de sus redes sociales según reportó Red Uno. 

La decisión del Tribunal Constitucional Plurinacional se sustenta en el Auto Constitucional 0032/2025-CA, emitido el 9 de enero de 2025 en Sucre, donde se resolvió "revocar la Resolución 424-A/2024" dictada por el Juzgado Penal, Anticorrupción y contra la Violencia hacia las Mujeres Doceavo de La Paz, y "admitir la acción de inconstitucionalidad concreta" interpuesta por Reinerio Vargas Banegas y José Luis Santistevan Justiniano.

Los accionantes demandaron la inconstitucionalidad de las disposiciones contenidas en los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo 138, que establecían que “queda consolidada la ciudad de La Paz como ámbito de jurisdicción procesal para el juzgamiento de los delitos de terrorismo, sedición o alzamientos armados contra la seguridad y soberanía del Estado”. Según el fallo, dichas disposiciones serían presuntamente contrarias a los artículos 109 y 120 de la Constitución Política del Estado (CPE), además de vulnerar derechos reconocidos en instrumentos internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).

El Tribunal Constitucional Plurinacional concluyó que la acción presentada cumplió con los requisitos legales y observó que existía "una suficiente fundamentación jurídico-constitucional que genera duda razonable sobre la constitucionalidad de la normativa cuestionada".

En su resolución, el TCP también dispuso "poner en conocimiento de Luis Alberto Arce Catacora, Presidente Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia, como personero del órgano que generó la norma impugnada", tal como establece el procedimiento constitucional.

Para Cuéllar, esta determinación confirma que la detención de Camacho "carece de sustento jurídico firme" y responde más "a intereses políticos que a la aplicación imparcial de la ley".

BD/RED





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