Ayadi Ghaith/Unsplash
Brújula Digital|03|08|24|
Ismael Franco
El Banco Central de Bolivia emitió, el pasado 26 de junio, una resolución que permite las operaciones de compraventa, uso, comercialización y negociación de criptoactivos por parte de las entidades financieras, así como el procesamiento de órdenes de pago, canales e instrumentos electrónicos de pago para que los privados o cuentahabientes de entidades financieras realicen la compra-venta de criptoactivos.
Antes de la emisión de esta resolución, el marco normativo reconocía –o al menos no prohibía– la libertad de los individuos de realizar transacciones vinculadas a criptoactivos, pero restringía el uso del sistema formal de pagos para transferencias que tuvieran por objeto esta modalidad. En la práctica, esto significaba que las inversiones podían ser realizadas por individuos mediante operaciones con plataformas situadas fuera de Bolivia, pero las compraventas locales de estos activos entre individuos podían ser bloqueadas por las Entidades Financieras en sus canales de pago, tomando como referencia la finalidad declarada en la transacción.
Entonces, con el levantamiento de la prohibición, han salido a la luz distintas iniciativas que –al menos en el pasado– se realizaban con bajo perfil para no levantar riesgos personales, como:
En este contexto, es prioritario que las autoridades gubernamentales trabajen sobre políticas públicas integrales para promover la inversión y adopción de estos instrumentos, reconociendo la libertad de los ciudadanos de adoptar riesgos informados al momento de realizar sus transacciones.
Así, existen dos proyectos de ley pendientes de tratamiento en la Asamblea Legislativa. El primero, proyecto de ley de Regulación de Criptoactivos y Tecnología Financiera, presentado por la diputada Rosario García. El segundo, de Adopción Integral de Criptoactivos, propuesto por la diputada Mariela Baldivieso.
La diferencia entre estos dos proyectos de ley es evidente en cuanto al tratamiento normativo de los criptoactivos. Mientras el primero está enfocado en la intervención activa del Estado en las instituciones que componen el ecosistema para prevenir la comisión de delitos y burocratizar el registro de los exchanges, los traders institucionales y los mineros digitales, entre otros, el segundo se enfoca en el reconocimiento de los criptoactivos como instrumentos de pago para permitir que en la vida civil tengan valor liberatorio irrestricto, delegando el tratamiento regulatorio a la ASFI bajo estándares internacionales y prudenciales.
Las dos iniciativas están siendo socializadas apuntando a públicos con ideologías distintas: quienes abogan por un intervencionismo estatal buscan explicar que sus motivos están determinados en la protección de la población ante estafas y daños que se podrían generar potencialmente a la economía nacional; mientras que quienes abogan por un enfoque de adopción progresiva buscan promover las tecnologías para su uso liberal en las transacciones ciudadanas, similar a la ley salvadoreña, que otorga carácter de moneda y valor liberatorio a este tipo de bienes digitales.
En este sentido, la agenda de políticas públicas sobre criptoactivos no termina con la Resolución del Banco Central, sino que comienza la carrera por legitimar ante la opinión pública alguna de las visiones regulatorias.
Pensar que un enfoque intervencionista podrá forzar a las plataformas virtuales extranjeras a domiciliarse y registrarse ante organismos burocráticos bolivianos no corresponde a la baja voluntad de las grandes empresas tecnológicas sin incentivos para localizarse en Bolivia. Por el contrario, promover la adopción informada de criptoactivos puede representar una oportunidad para que las entidades financieras se integren al sistema global de negocios con criptoactivos y otras tecnologías generadas a través de cadenas de bloques, y ofrecer a los usuarios servicios seguros, transparentes y libremente consentidos para aprovechar dicho sistema en sus operaciones ante el escenario de crisis económica y escasez de dólares que ha caracterizado a este 2024.