Norma remitida para su revisión en la Cámara de Diputados, fue aprobada por la Cámara Alta en la madrugada de este jueves y establece que recursos se destinaran a enfrentar emergencia sanitaria del coronavirus.
Brújula
Digital |23|004|20|
El Proyecto que determina la Ley de Recuperación del 12% del Impuesto Directo a los Hidrocarburos para las Entidades Territoriales Autónomas y Universidades, fue aprobado por la Cámara de Senadores la madrugada de este jueves, en sesión realizada en el hall de la Vicepresidencia del Estado, recursos que explicaron los legisladores, permitirán fortalecer la lucha contra la pandemia del coronavirus.
“Este proyecto de ley lo que hace es (suspender temporalmente) retener el 12% que en este momento está presupuestado para la explotación y exploración de hidrocarburos (de acuerdo a la Ley 767) y hace que este presupuesto los niveles autonómicos lo puedan destinar para el tema de salud y también coadyuvar en el tema de abastecimiento en esta cuarentena que está sufriendo la población”, afirmó el senador del Movimiento al Socialismo (MAS), Efraín Chambi.
Explicó que la norma además de señalarla suspensión temporal de la Ley de Recuperación del IDH, establece que el destino de los recursos por parte de gobernaciones y alcaldías que será: 50% para actividad de prevención, atención y contención del coronavirus, equipamiento de hospitales y compra de pruebas rápidas; 25% para la provisión de alimentos a la población y 25% para el fortalecimiento de la producción local afectada por la cuarentena.
En el caso de las universidades, señaló Chambi, los recursos deberán ser utilizados en actividades de prevención, atención y contención del coronavirus, el equipamiento de hospitales universitarios y la compra de pruebas rápidas.
Añadió que de acuerdo a procedimiento legislativo, la norma que consta de tres artículos y una disposición final; fue remitida a la Cámara de Diputados para su revisión.
Ley 767
El proyecto de Ley aprobado por la Cámara de Senadores, determina así, la suspensión temporal de la aplicación de la Ley 767 promulgada el 11 de diciembre de 2015, que creó el Fondo de Promoción a la Inversión en Exploración y Explotación Hidrocarburífera (FPIEEH), con recursos provenientes del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH), para incentivar la exploración y explotación de los hidrocarburos en el Estado Plurinacional de Bolivia.
Dicha norma determinó que el FPIEEH se financiaría con el doce por ciento (12%) de recursos provenientes del IDH, antes de la distribución a las Entidades Territoriales Autónomas (gobernaciones, municipios), y universidades Públicas y su aplicación se inició a partir de enero de 2016.