"Esta Embajada no puede otorgar la solicitud de cooperación jurídica internacional requerida (…) La señora Alanoca Mamani no podrá comparecer en la diligencia objeto del citatorio”, señala parte de la respuesta de la Embajada de México.
Brújula Digital|10|03|20|
Mediante una misiva enviada a la Cancillería de Bolivia, la embajada de México en nuestro país, hizo conocer que no puede coadyuvar en la solicitud de cooperación jurídica internacional y por lo tanto la exministra de Culturas, Wilma Alanoca, no comparecerá ante la Fiscalía.
Cabe recordar que, la Fiscalía emitió una citación para la exministra del gobierno de Evo Morales, que fue remitida por la Cancillería boliviana a la Embajada mexicana. Wilma Alanoca está acusada de presuntos actos de instigación a la violencia luego de la renuncia del expresidente Evo Morales tras las anuladas elecciones generales del 20 de octubre de 2019.
La embajada de México respondió que dar lugar al pedido de la Cancillería boliviana “consistiría un acto contrario a la legislación mexicana en materia de asilo”.
“Por ello, esta Embajada no puede otorgar la solicitud de cooperación jurídica internacional requerida (…) En esta tesitura, se hace del conocimiento de ese honorable Ministerio que la señora Alanoca Mamani no podrá comparecer en la diligencia objeto del citatorio”, señala la respuesta de la Embajada de México.
La Embajada de México agradeció a Bolivia “haberle puesto al tanto del requerimiento fiscal. Sin embargo, recuerda que Alanoca recibió el asilo político en diciembre del año pasado.”
“(La petición) ha sido estudiada y valorada con la seriedad que el caso merece. Sobre el particular, y como es del conocimiento de ese honorable Ministerio, la Embajada de México desea recordar que mediante nota diplomática BOL2112/2019 de 6 de diciembre de 2019, confirmó la concesión del asilo diplomático a la señora Antonia Wilma Alanoca Mamani, decisión que permanece vigente hasta esta fecha”, reza parte de la misiva, según reporte del portal Oxigeno.
México justificó su decisión en algunos convenios y tratados que imposibilitarían dar lugar al requerimiento de cooperación jurídica internacional que le pidió la Fiscalía boliviana, a través de la Cancillería.
La embajada del país norteamericano recuerda que el artículo IV de la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954 firmada en Caracas, consagra expresamente la potestad del Estado asilante para calificar la naturaleza del delito, al señalar que: “Corresponde al Estado asilante la calificación de la naturaleza del delito o de los motivos de la persecución.”.
“Asimismo, el artículo IX de dicha Convención dispone que el Estado asilante debe tomar en cuenta la información que provea el Estado territorial sobre la naturaleza del delito que se le atribuya a un asilado, sin que ello obste para que: “[sea] respetada [la] determinación [del Estado asilante] de continuar con el asilo o exigir el salvoconducto para el perseguido””, señala la misisva.
La exministra de Culturas, Wilma Alanoca, tiene una orden de aprehensión vigente en su contra y el Gobierno ya anunció que no se le otorgará el salvoconducto.