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Política | 08/02/2020   10:57

Nuevo esfuerzo del Movimiento al Socialismo para habilitar a sus candidatos cuestionados por tema de residencia

MAS presentó memorial al TSE en favor de sus candidatos y se apoya en sentencia constitucional de 2018.

Tribunal Supremo Electoral (Foto TSE)
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Brújula Digital|08|02|20|

Mediante un memorial presentado al Tribunal Supremo Electoral (TSE) el Movimiento al Socialismo (MAS) solicitó formalmente que se habilite a sus candidatos cuestionados por el requisito de “residencia permanente”, ensobre la base de una sentencia constitucional emitida el año 2018, que flexibiliza el concepto de “residencia”.

El documento del MAS, hace referencia a la sentencia 024/2018, emitida por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TSE) que interpreta la categoría de “residencia permanente”, requisito para los candidatos que pretendan postular a cargos públicos y considera que como “residencia permanente”, se debe entender como el “último domicilio” registrado en el Padrón Electoral.

El pronunciamiento del TSE emitido el año 2018, además, abre la posibilidad que una residencia “intermitente” pueda ser catalogada como “residencia permanente”, cuando las actividades que cumplió la persona en otro lugar hayan sido resultado de “disposición legal o fuerza mayor”.

El MAS, en su memorial firmado por el  abogado y exviceministro, Wilfredo Chávez como delegado político de ese partido político,  MAS, solicita al TSE pidió al TSE la aplicación de  los criterios emanados del Tribunal Constitucional (sentencia 024/2018) que sostiene, son vinculantes, para rechazar las impugnaciones contra la candidatura del excanciller Diego Pary y otros casos similares en los que candidatos fueron cuestionados por el tema de la residencia.

Cabe mencionar que otro de los candidatos del MAS cuestionado por el tema de la residencia es Evo Morales, quien es postulado a senador por el departamento de Cochabamba, pero que radicó en La Paz y desde noviembre de 2019 (hace tres meses) se encuentra en viviendo en el exterior, primero en México como asilado y actualmente en calidad de refugiado en Argentina.

El requisito que establece la norma para candidatos a legisladores, señala que “los postulantes hayan radicado los dos años anteriores a la elección en la circunscripción que pretenden representar”, aspecto que según analistas constitucionales, resulta incompatible con la sentencia dictada  el 2018 por el TCP, ante una denuncia impetrada por la diputada Norma Piérola.





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