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Política | 21/11/2019   17:01

Para pacificar el país, el gobierno está dispuesto a derogar Decreto que exime de responsabilidad a FFAA

Ministro Jerjes Justiniano manifestó que la medida podría ser adoptada si se suspenden movilizaciones, bloqueos y actos de vandalismo para así avanzar en el diálogo.

Fuerzas Armadas: para buscar pacificación del país Gobierno dispuesto a derogar Decreto Supremo 4078 (FOTO APG)
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Brújula Digital|21|11|19|

El ministro de la Presidencia, Jerjes Justiniano, señaló que el Decreto Supremo 4078, que exime de responsabilidades penales a los miembros de la Fuerzas Armadas, en caso que la institución armada utilice la fuerza de manera proporcional en los operativos que buscan el restablecimiento del orden en el país, podría ser derogado como una señal del gobierno para buscar la pacificación del país y avanzar en el diálogo.

"Podemos derogarlo, no es una charla de sordos, lo derogamos, damos un paso", sostuvo Justiniano a un medio de comunicación local y agregó que dicha norma “no significa una licencia para matar” como señalan quienes cuestionan la normativa.

La derogatoria del D.S. 4078 es planteada como una de las condiciones que varios sectores movilizados, como punto de partida para levantar sus medidas de presión, otra exigencia de los grupos movilizados es la renuncia dela presidenta Jeanine Añez, a quien consideran como autoproclamada. Los sectores movilizados son afines al Movimiento Al Socialismo (MAS), según reporte de El Deber.

La autoridad de Estado, manifestó que a la fecha, el uso de la fuerza militar fue absolutamente proporcional y que las FFAA actuaron en casos delicados como el registrado en Senkata - El Alto ayer, cuando una grupo de personas afines al Movimiento al Socialismo (MAS) derribaron con el uso de explosivos un muro perimetral de la infraestructura de la estatal petrolera (YPFB) y quemaron tres vehículos en la planta de industrialización.

El artículo 3 del D.S. 4078 estipula que: "personal de las FFAA que participe en los operativos para el restablecimiento del orden interno y estabilidad pública estará exento de responsabilidad penal cuando en cumplimiento de sus funciones constitucionales, actúe en legítima defensa o estado de necesidad y proporcionalidad, de conformidad con el artículo 11 y 12 del Código Penal, Ley 1760 y el Código de Procedimiento Penal".





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