"No sé por qué están asustados con Evo", declaró el presidente de las Seis Federaciones de Productores de Coca del Trópico Cochabambino, en entrevista con la cadena catarí Al Jazeera.
Brújula Digital|18|11|19|
El ex presidente Evo Morales, en entrevista con la televisora catarí Al Jazeera, afirmó por primera vez, “que está dispuesto a retirar su candidatura a la presidencia del Estado por el bien de la democracia y respeto a la vida” pero reclamó que “le permitan continuar con su mandato presidencial que se interrumpió con su renuncia hace más de una semana”.
"No sé por qué están asustados con Evo, no quieren que participe; está bien, todo por la vida, por la democracia; retiro mi candidatura, pero deberían dejarme terminar mi mandato, ¿se entiende?", sostuvo Evo Morales.
Cabe recordar que hace menos de 24 horas, en una entrevista con la cadena británica BBC, el ex mandatario sostuvo: "tengo todo el derecho de participar en las elecciones, pero dicen no Evo, no Evo; ¿por qué tienen miedo a Evo?", según reporte de varios medios de comunicación bolivianos e internacionales.
El ex presidente Evo Morales asilado en la ciudad de México desde el martes pasado, 48 horas después que renunció a la presidencia de Bolivia debido al rechazo de la población boliviana a los resultados de las elecciones generales del 20 de octubre, irregularidades ratificadas por un auditoría electoral vinculante realizada por una misión de la OEA a pedido del propio gobierno del Movimiento al Socialismo (MAS) de Evo Morales.
Al respecto un especialista en derecho laboral recordó que la normativa en vigencia para el sector público en Bolivia, señala como “Abandono de funciones” la ausencia del servidor público “por un período de tres días hábiles consecutivos, o seis días discontinuos, en un mes”, y considera funcionario público al Servidor público, que independientemente de su jerarquía y calidad, presta servicios en relación de dependencia a una entidad sometida al ámbito de aplicación de la presente Ley. El término servidor público, para efectos de esta Ley, se refiere también a los dignatarios, funcionarios y empleados públicos u otras personas que presten servicios en relación de dependencia con entidades estatales, cualquiera sea la fuente de su remuneración