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Emergencias y esperanzas | 19/03/2024

El secreto estadístico en Bolivia

Manuel Morales Álvarez
Manuel Morales Álvarez

Llama la atención las declaraciones del director del INE, Humberto Arandia, quien explícitamente afirmó que ni los censistas ni los censados pueden ser entrevistados por los medios de comunicación porque se debe tener en “confidencialidad” la información. Además, dijo que se tiene que “guardar el secreto estadístico”.

En la Constitución Política del Estado no existe ninguna disposición que limite la información bajo el formato del “secreto”. Sin embargo, Ley 1405 de Estadísticas oficiales del Estado Plurinacional de Bolivia establece a qué se refiere el secreto estadístico (Artículo 5):

I. La información proporcionada por los informantes no podrá ser revelada en forma individual y sólo podrá ser publicada de forma anonimizada. Asimismo, no podrá ser utilizada con propósitos tributarios, judiciales, administrativos o policiales, aunque medie orden administrativa o judicial.

II. El intercambio de información a nivel de microdato entre las entidades productoras de estadísticas oficiales, así como el INE, debe realizarse sólo en el marco de las atribuciones de cada entidad, respetando el secreto estadístico”.

En consecuencia, en apego a la norma, la prensa podría dar cobertura al trabajo que realice el INE los días del censo 2024 respetando los límites anteriores.

En mi criterio, el director del INE vulnera el derecho a la información con una postura ilegal y arbitraria.

En el canal de televisión estatal BTV, Arandia respondió a la pregunta “¿se puede dar cobertura, se puede hablar con los agentes censales, con los jefes de manzana, con las personas que están siendo censadas?”. A lo que este respondió: “Definitivamente no se puede hablar con estas personas. Y esto lo señala la normativa vigente puesto que la información que brindan las personas en un proceso censal es información de carácter confidencial. Y se tiene que guardar secreto estadístico en torno a la misma”.

Es evidente que el Censo de Población y Vivienda 2024 tendrá toda la atención de la población y la prensa deberá dar cobertura a la actividad censal que mayores problemas y conflictos ha tenido en nuestra historia. Recordemos que el censo debería llevarse a cabo el año 2022 y fue postergado hasta el 23 de marzo del 2024 en medio de paros, huelgas de hambre, cabildos, marchas y represión del Gobierno contra sectores importantes de la sociedad civil, así como algunos municipios, gobernaciones y universidades.

El trabajo censal tiene un compromiso constitucional cual es generar la  distribución del total de escaños parlamentarios entre los departamentos que será determinada por el Órgano Electoral en base al número de habitantes de cada uno de ellos, “de acuerdo al último Censo Nacional” (Artículo 146, CPE, 2009).

Terminó recordando el Decreto Supremo Nº 4824 que señala que el Gobierno se compromete a que “en base a resultados preliminares de población del Censo de Población y Vivienda – 2024 realizará la distribución de los recursos económicos de coparticipación en el mes de septiembre de 2024”.

Debido a ello, la transparencia y efectividad técnica del censo podrá dar certezas en el ámbito electoral y en lo económico a todos los departamentos y actores del país.

En resumen, el secreto estadístico busca proteger la identidad del ciudadano al tiempo de emitir un dato y que el mismo sea mostrado de forma anónima y estadística en números fríos. Sin embargo, ese aspecto no puede limitar el trabajo de la prensa que no busca identificar personas vinculadas a sus datos, sino informar libremente sobre un proceso que es de necesidad nacional.



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