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Agua de mote | 17/10/2024

A treinta años de la gran Reforma Constitucional de 1994

Puka Reyesvilla
Puka Reyesvilla

Ni por nostálgico, ni por retrógrado; escribo sobre el aniversario de algo que ya no existe, pero cuyos preceptos marcaron el proceso de institucionalización de la democracia en Bolivia, y lo hago con la convicción de que aquel proceso constituyente de reforma parcial de la CPE puso al país al día en la modernización del Estado y en la instauración de institutos jurídicos especializados. Por otro lado, amplió el espíritu inclusivo de la Constitución de 1967 a actores que permanecieron “invisibilizados” hasta el año de la reforma de la cual trataremos a continuación.


Si bien la entrada en vigencia de esta reforma parcial de la CPE ocurrió durante el periodo presidencial de la primera gestión de Gonzalo Sánchez de Lozada, el origen y posterior proceso de su concepción datan de los Acuerdos “Mariscal Andrés de Santa Cruz” del 9 de julio de 1992 -Gestión Paz Zamora- suscritos por representantes de todo el arco político con representación parlamentaria. El acuerdo número 5 fue precisamente “Reforma de la Constitución” -vale la pena enumerar los otros, dado que algunos de ellos fueron constitucionalizados por la reforma que abordamos: Reforma y Modernización del Poder Judicial; Registro Civil y Registro Único Nacional; Reformas electorales; Reforma Educativa; Elección del Contralor General; Juicio a García Meza; Ley de partidos políticos; y Ley de industrialización de la coca-. Es de destacar el hecho de que, pese al cambio de Gobierno, el debate sobre la necesidad de reforma constitucional y de los cambios a incluirse en la misma, siguieron un curso institucional ejemplar.


Finalmente, el 12 de agosto de 1994 se promulgó la Ley 1585, de Reforma de la Constitución Política del Estado. Ya bosquejadas genéricamente previamente, revisemos los puntos, alcances y trascendencia de aquella reforma.


De entrada, en la forma de Estado (Artículo 1) se incorporaron las expresiones “multiétnica” y “pluricultural”. La caracterización “pluri-multi” de la nación boliviana ya ocupaba grandes espacios en los foros que la sociedad civil organizaba a propósito del momento constituyente. Los parlamentarios tan sólo recogieron ese espíritu ciudadano para incorporarlo al texto constitucional. La CPE actual en vigencia acuña la caracterización “Estado plurinacional”, en contrasentido a la construcción de la nación boliviana.


En la misma línea, la reforma de 1994 visibilizó y reconoció plenos derechos a los pueblos indígenas (ya reivindicados en la “marcha por el territorio y la dignidad”, en 1990).


Una de las reformas que particularmente, junto a activistas de mi generación, esperamos que se cristalizara en la CPE -nos llevó años de campaña ponerla en agenda. Nobleza obliga: los vicepresidentes Ossio y Cárdenas, presidentes, a su turno, del Congreso, se “pusieron la camiseta”- fue lo que se conoce como el “voto a los 18”, que es mucho más que eso; es la ciudadanía, la mayoría de edad, derechos civiles y algo de políticos. La CPE actual mantiene dicha conquista.


En asuntos electorales, se incorporó la elección de diputados uninominales -el órgano electoral determina periódicamente las circunscripciones uninominales-. Asimismo, la extensión del periodo presidencial de cuatro a cinco años. Ambas figuras se mantienen en la CPE actual.


En lo administrativo, se dio los primeros pasos hacia la descentralización, aunque no se mencionó el término “autonomías”.


En lo jurídico, se instituyó el Tribunal Constitucional para el control de constitucionalidad, el Consejo de la Judicatura como ente disciplinario y el Defensor del Pueblo, para la representación ante la vulneración de los derechos humanos. Estas instancias se mantienen en la CPE actual -dos de ellas con otro nombre, Tribunal Constitucional Plurinacional y Consejo de la Magistratura- pero completamente desnaturalizadas y al servicio del poder.


Fue una gran Reforma.



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