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Mundo | 19/09/2025   19:22

Entre protestas y obviando a la Corte Judicial, Noboa convoca a consulta popular para llamar a una Constituyente

Las demandas de inconstitucionalidad no se dejaron esperar. La actual Constitución de Ecuador fue redactada en 2008, durante el gobierno de Rafael Correa, opositor de Noboa.

El presidente de Ecuador, Daniel Noboa. Foto EFE Archivo.
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Brújula Digital|Agencias|19|09|25|

En medio de una tensión política y social, con un paro indefinido declarado por los indígenas en contra de la decisión del gobierno de levantar el subsidio a los hidrocarburos, el presidente de Ecuador, Daniel Noboa, emitió hoy el Decreto Ejecutivo 148 con el que convoca a consulta popular a los ecuatorianos para que decidan si apoyan o no su iniciativa de una Asamblea Constituyente para redactar una nueva Constitución para ese país.

Noboa propuso llamar a una Constituyente hace dos días y para lanzar la convocatoria a la consulta, con pregunta incluida, pasó por alto la Corte Judicial de Ecuador. El órgano del Estado se pronunció reclamando sus competencias e indicando que la viabilidad del cónclave debe darse “con respeto a la democracia y bajo el control de la Corte Constitucional", según el reporte del diario Primicias.

Inmediatamente comenzaron a presentarse una serie de demandas de inconstitucionalidad contra el decreto, que reaviva el debate sobre los límites de la función presidencial frente a la Corte Constitucional.

La decisión del mandatario llegó pocas horas después de convocar a un referendo sobre la implementación de bases militares extranjeras en Ecuador, una propuesta que previamente fue validada por la Corte Constitucional.

El decreto 148, con el que Noboa convocó a la consulta popular incluye la pregunta, que está planteada así: ¿Está usted de acuerdo en que se convoque e instale una Asamblea Constituyente, cuyos representantes sean elegidos por el pueblo ecuatoriano, de acuerdo con las reglas electorales previstas en el Estatuto Constituyente adjunto, para elaborar una nueva Constitución de la República, la cual entrará en vigencia únicamente si es aprobada posteriormente por las y los ecuatorianos en referéndum?

La actual Constitución de Ecuador fue redactada en 2008, durante el gobierno de Rafael Correa, opositor de Noboa.

Los argumentos

El gobierno de Daniel Noboa explica su determinación de convocar a la consulta popular sin la validación de la Corte Constitucional en los considerandos del Decreto 148, donde indica que "hoy el Ecuador enfrenta problemas estructurales y coyunturales que requieren ser abordados de manera urgente” y se refiere a una “crisis de seguridad sin precedentes". También señala una presunta "infiltración de redes de corrupción en el sistema judicial", y una "pérdida de confianza ciudadana en los órganos del poder público".

Sobre la consulta

En el decreto de convocatoria a consulta para la Constituyente se indica que, de instalarse, el cónclave debe sesionar 180 días, que podrían ser prorrogados por una sola vez hasta 60 días. Al mismo tiempo se señala que dentro de los 90 días después del resultado de la consulta, el Consejo Nacional Electoral “aprobará el calendario electoral correspondiente y convocará a elección de asambleístas constituyentes".

Sin haber recibido la aprobación de la Corte Constitucional, el gobierno de Noboa avanza más planteando incluso que la Asamblea Constituyente esté conformada por 80 asambleístas: 52 provinciales, 22 nacionales y seis de las circunscripciones especiales en el exterior

“Diez días después que el CNE haya proclamado los resultados de la elección de los asambleístas, la Asamblea Constituyente se instalará sin necesidad de convocatoria previa para sesionar en ocho mesas de trabajo, incluida una de Participación Ciudadana y Control Social”, indica Primicias.

Demandas 

Según Primicias, hasta las 17:00 (hora Ecuador) de este viernes, la Corte Constitucional recibió tres acciones de inconstitucionalidad contra el decreto de Noboa. Los recursos fueron presentados, por separado, por los abogados en libre ejercicio Juan Cárdenas Cifuentes, Fabricio Palquibay y Alejandro Ponce Villacís. Todos coinciden en que el Decreto 148 incumple lo previsto en los artículos 143 y 144 de la Constitución, por lo que piden que sea "suspendido" o "expulsado del ordenamiento jurídico".

Las bancadas de oposición anunciaron que procederán de la misma manera. 

BD/IJ



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