"Es importante tener en cuenta cuál es el objeto que tiene este reglamento. Es reglamentar la constitución y funcionamiento de las empresas de tecnología financiera", dijo la directora de la ASFI.
Brújula Digital|08|07|25|
La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) presentó este martes un reglamento que establece que las empresas que trabajan con activos virtuales deben obtener licencia de funcionamiento.
“Es importante tener en cuenta cuál es el objeto que tiene este reglamento. Es reglamentar la constitución y funcionamiento de las empresas de tecnología financiera, así como la adecuación de las que ya estuvieran prestando servicios en el territorio nacional en el ámbito de lo que son servicios financieros, mercado de valores y seguros”, informó la directora de la ASFI, Ivette Espinoza.
Explicó que las empresas que ya funcionen tendrán hasta el 31 de diciembre para adecuarse a la norma. En caso de que no lo hagan serán suspendidas.
Espinoza explicó que las empresas deben garantizar que no se vulneren los derechos de los consumidores financieros ni de terceros. Además, es fundamental fomentar la compatibilidad técnica entre plataformas para facilitar la integración eficiente de los servicios.
Las empresas, agregó, deben mantener el principio de confidencialidad y reserva y asegurar, en todo momento, la protección y discreción de la información de los consumidores financieros.
“Para este reglamento, los principios bajo los cuales deben manejarse estas empresas de tecnología financiera son tres: innovación responsable, interoperabilidad y confidencialidad y reserva”, indicó.
Espinoza informó que se establecieron diferentes categorías para los servicios.
“Estamos hablando, por ejemplo, de soluciones con blockchain, de activos tokenizados, de activos virtuales y también de los PSAP, que son los Proveedores de Servicios de ActivosVirtuales”, entre otras.
Obligaciones de las empresas
-Proporcionar acceso a la información relativa a las operaciones realizadas por los consumidores financieros
-Identificar al consumidor financiero
-Implementar un sistema de gestión integral de riesgo
-Contar con políticas y procedimientos relativos a la protección y privacidad de datos personales garantizando el derecho a la reserva y confidencialidad de la información.
Prohibiciones
-Prestar servicios que no sean autorizados por ASFI
-Realizar cobros de cargos o comisiones por servicios que no hayan sido aceptados o solicitados por el consumidor financiero o que no impliquen una contraprestación efectiva de servicios
-Tampoco pueden cobro más de una comisión por un mismo hecho, acto o evento ni transferir datos personales sin consentimiento expreso del titular de la información, salvo en las excepciones legales.
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