La condición de pueblo en contacto inicial, hizo que los Ese ejjas, pueblo originalmente nómada, se fuera al río y no sea considerado sujeto de derechos. El proceso de saneamiento y titulación por parte del INRA terminó ignorándolos.
Para Los Ese ejjas, el río es su territorio y su medio de vida. Foto: Fundación Tierra
Brújula Digital |01|10|22|
El pueblo Ese ejjas de Eyiyoquibo, que actualmente ocupa diez hectáreas del área periurbana del municipio de San Buenaventura, fue ignorado por el Estado, el cual terminó despojándolo de su territorio ancestral. Su condición de pueblo en contacto inicial -originalmente nómada- lo empujó a moverse en las riberas de los ríos, y por ello, no fue considerado sujeto de derechos, no tomado en cuenta en el proceso de saneamiento y titulación agraria.
A esas conclusiones arribaron los investigadores de Fundación Tierra, Irene Mamani y Esteban Sanjinés, en su estudio: “Ese Ejjas de Eyiyoquibo. Pueblo indígena en contacto inicial; entre territorios cercados y medios de vida en crisis”.
“Lo sucedido con los Ese ejjas de Eyiyoquibo es un ejemplo que muestra cómo una política de Estado basada en el saneamiento y titulación, que en parte nació como respuesta a la demanda territorial de los pueblos indígenas, terminó despojándolos de su territorio”, señaló Mamani en la presentación del libro.
El estudio muestra cómo los Ese ejjas de Eyiyoquibo –que conservan su lengua materna y hablan español con ciertas limitaciones- no acaban de conectarse con el Estado porque no comparten en su totalidad los patrones y códigos de funcionamiento de la sociedad dominante, de ahí que se mantuvieron al margen de las políticas estatales.
El proceso de saneamiento y titulación del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) terminó ignorándolos a los Ese ejjas. “La principal razón que explica el por qué los Ese ejjas de Eyiyoquibo se han quedado sin territorio es la forma cómo se aplicó el proceso de saneamiento en el caso de pueblos en contacto inicial”, sostienen los investigadores.
Los Ese ejjas de Eyiyoqibo no poseían las condiciones para plantear una demanda de tierras ante el Estado, pues esa obligatoriedad de formular una demanda era compleja, burocrática y costosa, lo que derivó en la negación de sus derechos territoriales.
Recientemente, el Relator Especial de las Naciones Unidas para las Sustancias Tóxicas y Derechos Humanos, Marcos Orellana ha denunciado ante el Consejo General, que en Bolivia se ha descontrolado el uso del mercurio para la explotación del oro, lo que ha generado innumerables violaciones de derechos de los pueblos indígenas. Citó el caso de los Ese ejjas, que siendo un pueblo que se dedica a la pesca y no a la minería, se encuentra con altos niveles de contaminación en sus organismos.
Cuando las brigadas del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) empezaron el trabajo de campo, según el jurista Sanjinés, la reacción del pueblo Ese ejja fue de retrotraerse, para irse al río en busca de nuevas zonas, lo que los invisibilizó como sujetos de derechos territoriales y sus territorios ancestrales fueron apropiados por terceros con capacidades de cumplir con los trámites administrativos.
En ese marco el saneamiento se constituyó en un proceso inaplicable para los pueblos pescadores cuya comprensión del territorio no es la formal en base a un asentamiento fijo.
“Los pueblos indígenas que habitan en torno a las riberas consideran al río como su fuente de vida. Los ideólogos de la Ley INRA no prestaron suficiente atención al hecho de que para algunos pueblos el río es su territorio, por lo que los derechos territoriales de los pueblos indígenas del río no encontraron fundamento jurídico para ser plenamente reconocidos”, explica Mamani.
El territorio ancestral de los Ese ejjas está vinculado al río, el cual no solo es un medio de transporte, sino el principal medio de vida por la pesca. “La principal razón que explica el por qué los Ese ejjas de Eyiyoquibo se han quedado sin territorio, es la forma cómo se aplicó el proceso de saneamiento en el caso de pueblos en contacto inicial”, advierte el estudio.
Los Ese ejjas de Eyiyoqibo no poseían las condiciones para plantear una demanda de tierras ante el Estado, y como había una obligatoriedad de formular una demanda compleja, burocrática y costosa, esto derivó en la negación de sus derechos territoriales.
“Cuando las brigadas del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) empezaron el trabajo de campo, la reacción del pueblo Ese ejja fue de retrotraerse, para irse al río en busca de nuevas zonas, lo que los invisibilizó como sujetos de derechos territoriales y sus territorios ancestrales fueron apropiados por terceros con capacidades de cumplir con los trámites administrativos”, apunta Sanjinés.
Por otro lado, los investigadores hacen notar que el saneamiento se constituyó en un proceso inaplicable para los pueblos pescadores cuya comprensión del territorio no es la formal en base a un asentamiento fijo.
“Los pueblos indígenas que habitan en torno a las riberas consideran al río como su fuente de vida. Los ideólogos de la Ley INRA no prestaron suficiente atención al hecho de que para algunos pueblos el río es su territorio, por lo que los derechos territoriales de los pueblos indígenas del río no encontraron fundamento jurídico para ser plenamente reconocidos”, señala la socióloga Mamani.
El desplazamiento territorial de los Ese ejjas terminó arrinconando al pueblo en contacto inicial en un área periurbana del municipio de San Buenaventura del departamento de La Paz, concedido por una misión evangélica el año 2000, obligándolos de ese modo a entrar en contacto con el Estado, tal como testificaron los jóvenes indígenas Wilson Torrez y Apolinar Ocampos, quienes dijeron que sus apellidos fueron tomados de los lugares donde nacían.
“Por varios siglos resistieron a la intervención externa mediante su estrategia de aislamiento, lo que indica que no estaban listos para entrar en contacto con lo externo”, señala la investigación.
Sin embargo, en los últimos 50 años ya no pudieron los Ese ejjas mantenerse aislados porque se profundizó la apropiación privada de recursos naturales, la presencia de nuevos actores en la región y la emergencia de acciones estatales relacionadas a la distribución y legalización de tierras que los fueron desplazando de su territorio.
“Los Ese ejjas durante siglos han sostenido una relación con el Estado y la sociedad dominante, pero de manera intermitente muchas veces marcada por violencia y con relaciones de poder desigual, ello ha generado la descomposición de sus códigos sociales y culturales dado que están sometidos a un proceso de estigmatización de la cultura indígena que busca sustituir su universo simbólico, sus relaciones sociales y su economía por los modelos dominantes”, afirma el estudio.
Sin embargo los investigadores advierten que los Ese ejjas de Eyiyoquibo permanecerán en contacto inicial, entre tanto no logren engranar con el resto de la sociedad boliviana.
En ese marco, Fundación Tierra recomendó, que tal como establecen las Directrices de protección de los pueblos indígenas en aislamiento y en contacto inicial de laOficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, es necesario dar mayor peso a criterios adicionales relacionados con la situación de alta vulnerabilidad con base en estudios multidisciplinarios.
“A pesar del mandato constitucional que determina la obligación de proteger y respetar las formas de vida de los pueblos en contacto inicial, de acuerdo al artículo 31 de la CPE, el Estado no ha realizado acciones concretas y viables para construir encuentros interculturales positivos para los pueblos indígenas en el marco de su derecho a la autodeterminación, a sus tierras, territorios y recursos, a la salud, a la participación, a la consulta y consentimiento previo, libre e informado”, señala el estudio.
Las leyes nacionales establecen que los ríos no pueden ser titulados a personas individuales o colectivas, ello invalida la posibilidad de que se les reconozca la tenencia y acceso exclusivo; por otro lado, las riberas fueron reconocidas/entregadas en propiedad a terceros.
El proceso de saneamiento está sujeto a punto de concluir y existen pueblos indígenas sin territorio deambulando por las tierras que alguna vez fueron suyas y que hoy tienen otros dueños.
Históricamente los gobiernos de Bolivia no han resuelto cómo interactuar con los pueblos en contacto inicial y tampoco hay instancias especializadas en el país, para abordar el contacto con poblaciones que optaron por permanecerse al margen del Estado, ni se ha construido protocolos específicos.
Los investigadores también concluyen que el Estado no cuenta con interlocutores que canalicen un contacto incluyente, pues la definición de derechos indígenas desde una mirada homogénea encubre su obligación estatal de atender prioritariamente a pueblos minoritarios sujetos a múltiples amenazas de la sociedad dominante.
“Con sus acciones el Estado invalida los derechos fundamentales de los indígenas en contacto inicial; un ejemplo fáctico de esta situación es el caso de los Ese ejjas de Eyiyoquibo”, afirma la socióloga Mamani.
Y a pesar de que Bolivia cuenta con la Ley 450 que crea la Dirección General de Protección a Naciones y Pueblos Indígena Originarios (Digepio) con el objetivo de proteger a los pueblos indígenas vulnerables, tribales, aislados, en contacto inicial, en los hechos ésta no funciona, porque no cuenta con oficina, presupuesto, ni personal.
El director ejecutivo de Fundación Tierra, Juan Pablo Chumacero por su parte señala que espera que la investigación sea útil para la población Ese ejja de Eyiyoquibo, y en general para los pueblos indígenas minoritarios en situación de alta vulnerabilidad y contacto inicial.
“A pesar de que Bolivia ha desarrollado de manera robusta el tratamiento de los derechos de los derechos indígenas en lo que se refiere al territorio, el acceso a los recursos naturales, su cultura, sus formas organizativas y su propia justicia, estos avances no se han elaborado considerando la situación y las necesidades de pueblos indígenas en situación e alta vulnerabilidad y en situación de contacto inicial”, afirma Chumacero.
BD JMC
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