Brújula Digital|08|09|25|
Sumando Voces
Yenny Escalante
El Tribunal Agroambiental de Bolivia emitió una resolución que da un plazo improrrogable de 48 horas a las autoridades nacionales y subnacionales para cumplir con las medidas cautelares destinadas a mitigar y sofocar los incendios forestales en el país. En caso de incumplimiento, advirtió que remitirá los antecedentes al Ministerio Público para iniciar procesos penales.
«Se otorga un plazo improrrogable de 48 horas contados a partir de la notificación con la presente resolución para que cumplan las medidas cautelares dispuestas precedentemente bajo prevención que ante su incumplimiento se remitan obrados al Ministerio Público a fines de iniciar el proceso penal ante incumplimiento de resoluciones judiciales sin perjuicio de emitir las medidas progresivas y compulsivas económicas», refiere el punto 1 de la resolución del Tribunal Agroambiental.
La decisión, dictada en sala plena, instruye a los jueces agroambientales, especialmente en la Amazonía y el Chaco, activar de oficio su competencia ambiental para fiscalizar, controlar y supervisar las acciones de mitigación y respuesta a la emergencia. Para ello, deben elaborar informes detallados y documentados respecto a los planes de repuesta a la emergencia y mitigación de los incendios forestales, así como la supervisión de su cumplimiento.
También deberán programar inspecciones en zonas de mayor riesgo, con apoyo técnico especializado del Tribunal Agroambiental.
En relación a los defensores ambientales, el Tribunal señaló que la sociedad civil organizada y toda persona individual o colectiva deberá asumir su rol protagónico de defensores de la madre Tierra y sus componentes a través de acciones concretas de protección, conservación, mitigación y todas aquellas correspondientes a la efectivización de las medidas cautelares dispuestas.
La resolución reconoce a la sociedad civil, defensores ambientales y bomberos voluntarios como actores clave en la protección de la Madre Tierra.
Exhorta al Estado a garantizar los insumos y condiciones necesarias para los bomberos, y a la Asamblea Legislativa a revisar y armonizar normas cuestionadas, como las leyes 741 y 1171, para que se ajusten a estándares internacionales y a los derechos de los pueblos indígenas y de la naturaleza.
Asimismo, el Tribunal recordó al Legislativo que tiene pendiente la aprobación de una ley especial de la jurisdicción agroambiental, tal como estableció la Sentencia Constitucional 17/2019. También instó al Consejo de la Magistratura a designar jueces y personal técnico para cubrir vacancias y garantizar el funcionamiento pleno de los juzgados agroambientales.
Finalmente, el fallo ordena medidas inmediatas de protección a la abogada ambiental Daniela Alejandra Orihuela Arratia, invocando el Acuerdo de Escazú, y aclara que las disposiciones cautelares podrán ser modificadas o ampliadas según avance la emergencia.
En el tiempo en el que se realizaba la audiencia, diferentes grupos de activistas defensores del medio ambiente se apostaron en exteriores de instalaciones como la ABT y la Asamblea Legislativa para exigir que el Tribunal Agroambiental emita medidas cautelares en contra de los incendios forestales.
BD