Un proyecto de ley presentado por senadores de oposición suspende la verificación de la FES en campo por siete años y elimina las multas por incendios forestales, lo que genera controversia.
Brújula Digital|05|02|25|
Sumando Voces
Un proyecto de ley presentado por senadores de la oposición de Santa Cruz y Beni dispone la suspensión de la verificación de la función económica y social de la tierra “en campo” por siete años y lo reemplaza por un mecanismo de registros pasados. Además, anula el decreto supremo que sube las multas por incendios.
“La presente Ley tiene como objetivo la declaración de pausa para la verificación en campo de la Función social (FS) y Función Económica Social (FES) en los procedimientos de saneamiento y reversión de la propiedad agraria por el plazo de siete (7) años y el establecimiento de un procedimiento especial de verificación del cumplimiento de la FS o FES en todo el territorio nacional por las extremas sequías e incendios, en resguardo de la seguridad alimentaria del país”, señala el primer artículo de la propuesta normativa.
Beneficiará a grandes propietarios
El proyecto, que beneficiaría a los grandes propietarios, pero también a las comunidades interculturales, establece la aprobación de un procedimiento especial de verificación, sustituyendo el conteo de cabezas de ganado en terreno por el empleo de los dos últimos registros del Registro Único Nacional de Sanidad Agropecuaria (RUNSA).
“Se suspenden las actividades de campo en todos los procedimientos administrativos de la propiedad agraria en todo el territorio nacional afectados por la extrema sequía e incendios hasta el establecimiento de las condiciones materiales en el lugar, por el plazo de siete años calendario”, señala el artículo cuatro.
Multas por incendios
El documento además prevé la abrogación del Decreto Supremo 5203, del 21 de agosto de 2024, que aumenta las penas y multas económicas para los infractores de los incendios forestales de un monto de 0,20 USD por hectárea a valores que fluctúan entre 70 dólares y 365 dólares por hectárea, según criterios establecidos en UFV.
Y, finalmente, dispone la derogación de la disposición final primera del Decreto Supremo 5225, que establece que las quemas ilegales y los incendios son contrarios al uso sustentable de la tierra y no constituyen cumplimiento de la FS ni de la FES.
La propuesta normativa fue presentada el 12 de diciembre de 2024 por las senadoras Centa Rek (Creemos, Santa Cruz), Neila Velarde (Comunidad Ciudadana, Beni), Claudia Elena Égüez (Creemos, Beni) y el senador Walter Justiniano (Comunidad Ciudadana, Beni).
Fundación Tierra rechaza la propuesta y denuncia irregularidades
La Fundación Tierra expresó su preocupación por el citado proyecto, lo rechazó y pidió “cancelar o suspender de forma inmediata y pública” su tratamiento, porque “pretende instrumentalizar el desastre ambiental a favor de grupos de poder agropecuario, comunidades asentadas en tierras fiscales y avasalladores de tierras”.
Además, la institución denunció que existen intenciones de “aprovecharse de la tragedia ambiental de los incendios forestales del 2024, por parte de grandes ganaderos y agropecuarios que poseen la tierra sin cumplir la FES, que tienen observaciones en el proceso de saneamiento, o que están implicados en los incendios registrados”.
La Fundación Tierra indicó que este pedido de pausa no es excepcional, como argumenta el proyecto, sino que es una demanda sectorial permanente y de varios años atrás por parte de los grandes ganaderos y propietarios de la tierra que buscan anular el principio constitucional de que “las propiedades deberán cumplir con la función social o con la función económica social para salvaguardar su derecho”.
“Al intentar establecer una pausa y cambiar el sentido de la verificación de la FES, el proyecto de ley atenta directamente con el espíritu de la Reforma Agraria en el país, que establece que el derecho a la propiedad de la tierra supone asumir una serie de obligaciones (cumplir con la FS y la FES) y que el Estado reconocerá ese derecho en la medida en que éstas se cumplan (CPE. Art. 393)”, señala un pronunciamiento de la entidad.
Agrega que “la verificación de la FES, y la reversión del derecho propietario como consecuencia de su incumplimiento, es posiblemente la única herramienta que se tiene actualmente en la normativa agraria para intentar asegurar la equidad en el sistema de tenencia de la tierra en el país”.
Antecedentes sobre la verificación de la FES en Bolivia
Como antecedentes de la postergación o ampliación de los plazos de verificación de la FES, menciona la Ley 740 del 2015, que establecía un plazo excepcional de cinco años para la verificación de la FES en procesos de reversión.
Por Ley, la FES debe verificarse cada dos años.
Y, sobre la abrogatoria del DS 5203, Tierra indica que “busca eliminar las multas económicas que sancionan las quemas y los incendios causados por los desmontes ilegales. Este pedido no tiene ninguna relación técnica ni jurídica con el proyecto de ley, de modo que se constituye en una demanda insertada de manera subrepticia y de mala fe”.
Mientras que “la derogatoria de la disposición final primera del Decreto Supremo 5225 equivale a un ‘perdonazo’ para no sancionar a los propietarios que causaron quemas ilegales o que originaron incendios en sus predios. La derogatoria significa que los propietarios causantes del fuego no serían sancionados por el incumplimiento de la FES y la FS, según corresponda”.
BD/