Romer Saucedo dijo que se debe esperar el fallo que emita la Sala Constitucional Tercera de Santa Cruz, respecto a un recurso que busca inhabilitar a cinco presidenciables por no haber renunciado a sus respectivos cargos electos
Brújula Digital|26|06|25|
El presidente del Tribunal Supremo de Justicia, Romer Saucedo, dijo que, antes de emitir un criterio, se debe esperar el fallo que emita la Sala Constitucional Tercera de Santa Cruz, respecto a un recurso que busca inhabilitar a cinco presidenciables por no haber renunciado a sus respectivos cargos electos.
Este jueves, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) emitió un comunicado en el que expresa su preocupación por la admisión de una acción de cumplimiento por parte de la citada sala, ya que la demanda de inhabilitación de candidatos no correspondería porque está vigente un fallo constitucional que permite que autoridades electas no renuncien para ser candidatos.
“Hemos manifestado en todo momento que respetamos la independencia y las atribuciones que tiene el Tribunal Supremo Electoral. En relación a la acción que se ha interpuesto, tenemos el conocimiento que aún no ha sido resuelta por un tribunal constitucional y esperaremos cuál será su pronunciamiento, seguramente ellos van a analizar el fondo y se van a pronunciar conforme corresponda a derecho y procedimiento”, declaró Saucedo.
Se informó que la Sala Constitucional Tercera de Santa Cruz convocó para la mañana de este viernes a una audiencia, para considerar el recurso de acción de cumplimiento.
“Antes (del fallo) emitir cualquier criterio no tiene sentido, hay que esperar la resolución de la sala correspondiente”, afirmó Saucedo en una rueda de prensa.
La demanda de acción de cumplimiento pide la inhabilitación de cinco presidenciables: Andrónico Rodríguez, presidente del Senado; Manfred Reyes Villa, alcalde de Cochabamba: Jhonny Fernández. alcalde Santa Cruz: Eva Copa, Alcaldesa de El Alto; y Rodrigo Paz, senador por Comunidad Ciudadana (CC).
Al margen de esos postulantes, hay candidatos a la Asamblea Legislativa que aún siguen ejerciendo sus cargos de legisladores.
Según el TSE, la decisión de la citada sala constitucional señala que al admitir la postulación de candidatos que no renunciaron a ser diputados, senadores, alcaldes o concejales, no se aplicó la causal de inelegibilidad establecida en el parágrafo 3 del artículo 238 de la Constitución Política del Estado, que indica que los postulantes deben renunciar a sus cargos electos tres meses antes de los comicios.
No obstante, el TSE recordó a la sala constitucional cruceña que está vigente la Sentencia Constitucional 032/2019 que resuelve que quien ocupen cargos públicos electos, no necesariamente deben renunciar tres meses antes de las elecciones.
BD/JJC