El vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Tahuichi Tahuichi, informó que hasta el martes 3 de junio las organizaciones políticas podrán sustituir candidaturas bajo cuatro causales específicas. Además, anunció que este viernes 6 de junio se publicará la lista oficial de postulantes habilitados para las elecciones generales del 17 de agosto.
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El vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Tahuichi Tahuichi, informó que hasta el martes 3 de junio las organizaciones políticas podrán sustituir candidaturas bajo cuatro causales específicas. Además, anunció que este viernes 6 de junio se publicará la lista oficial de postulantes habilitados para las elecciones generales del 17 de agosto.
“Se cumplió con el hito 30 del calendario electoral, que contempla la revisión del cumplimiento de requisitos de las 3.290 postulaciones presentadas por 10 organizaciones políticas”, explicó la autoridad en contacto con medios de comunicación.
Según el vocal, las sustituciones de candidatos solo podrán realizarse por las siguientes causas: fallecimiento, invalidez permanente, sentencia ejecutoriada en materia civil o penal, y renuncia expresa del postulante. Estas son las únicas figuras permitidas por la normativa vigente, debido al principio de preclusión, que impide retroceder en las etapas del proceso electoral.
Ademàs dijo que varios postulantes no han cumplido con los 11 requisitos establecidos, por lo tanto no pasan a la condición de candidatos habilitados.” Este viernes 6 de junio vamos a publicar la lista oficial en el portal del TSE”, puntualizó Tahuichi.
La revisión de documentos y requisitos estuvo a cargo de la Secretaría de Cámara del TSE, que evaluó las carpetas presentadas por cada organización política, correspondientes a candidatos a la Presidencia, Senado y Cámara de Diputados.
El vocal también adelantó que el próximo 16 de junio se realizará el sorteo que definirá el orden de ubicación de los candidatos en la papeleta electoral. Añadió que el calendario avanza conforme a lo previsto y que ninguna actividad puede ser modificada, repetida ni anulada, en estricto cumplimiento de la ley electoral.
BD/RED