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Política | 23/11/2024   14:18

Decisión del TCP de rechazar solicitudes para judiciales íntegras es un “funesto precedente”, dice vocal Tahuichi

El vocal se refirió a la decisión del TCP de rechazar las solicitudes presentadas, por forma separada, por el Presidente del TSE y por un candidato a magistrado a partir de los principios de avocación y unificación.

Una fotografía de archivo del vocal Tahuichi Tahuichi. Foto: ABI
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Brújula Digital|23|11|24|

El vocal electoral Tahuichi Tahuichi calificó como “un funesto precedente” la decisión del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) de declarar improcedentes las solicitudes de avocación y unificación para que las elecciones judiciales se realicen de manera íntegra en todo el país, en lugar de forma parcial.

“Se está sentando un enorme, un funesto precedente para nuestra democracia. Ahora, de aquí en adelante, lo que se está sentando como jurisprudencia es que dos magistrados pueden paralizar un proceso electoral”, dijo Tahuichi a Brújula Digital.

Tahuichi se refiere a la solicitud presentada por el presidente del TSE y un candidato a magistrado

El vocal se refirió a la decisión del TCP de rechazar el pedido presentado, de forma separada, por el presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Óscar Hassenteufel, y por el candidato a magistrado Fernando Escobar Pacheco, para que las elecciones judiciales se realizaran en todo el país, basándose en los principios de avocación y unificación.

Hassenteufel y Escobar cuestionaron la sentencia 0770/2024 del TCP, firmada por los magistrados René Yván Espada Navía y Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano, que suspendió las elecciones judiciales en cinco departamentos: Pando, Cochabamba, Santa Cruz, Beni y Tarija.

La sentencia 0770/2024 no respeta el principio de preclusión, afirma Tahuichi

Tahuichi consideró que el rechazo de las solicitudes revela dos aspectos: “Primero, ya no cabe el recurso de avocación. Segundo, dos magistrados pueden no tomar en cuenta leyes vigentes”.

El vocal explicó que el recurso de avocación busca que el pleno del TCP sea el que se pronuncie respecto a la sentencia y no solo magistrados.

Tachuichi dijo además que la sentencia 0770/2024 no respeta el principio de preclusión, que, según la Ley de Régimen Electoral, establece que “las etapas y resultados de los procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato no se revisarán ni se repetirán”.

El vocal recordó que el TCP no es un órgano del Estado, es una institución que era “pequeñita y que ahora se ha vuelto una institución suprapoder que está generando conflicto de competencias, está cometiendo injerencia”.

BD/JA



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