El diputado Pablo Arizaga explicó que la equidad se refiere a que, al lanzar la convocatoria, tanto hombres como mujeres puedan postularse sin exclusión. Sin embargo, la paridad implica que debe haber la misma cantidad de candidatas y candidatos en una circunscripción o elección.
Legisladores sesionan en Sucre. Foto: Unitel
Brújula Digital|13|07|24|
Después de que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) observó que las listas de candidatos de dos departamentos para el Tribunal Constitucional Plurinacional no cumplen con el requisito de paridad y consultó a la Asamblea Legislativa sobre este asunto, asambleístas respondieron que en las nóminas se prioriza la equidad y no así la paridad de género.
“Nosotros hemos justificado en el informe de que no es la primera vez, por si acaso, que se toma en cuenta el criterio de equidad, a diferencia de lo que significa la paridad”, indicó el diputado de Comunidad Ciudadana Pablo Arizaga.
Arizaga explicó que la equidad se refiere a que, al lanzar la convocatoria, tanto candidatos y candidatas puedan postularse sin exclusión. Sin embargo, la paridad implica que debe haber la misma cantidad de hombres y mujeres en una circunscripción o elección.
Además, recordó que para las elecciones judiciales de 2017 también se tomó en cuenta el criterio de equidad.
“En este proceso de elecciones judiciales, no existe ninguna paridad en la ley de contenido y tampoco en la ley del régimen electoral. Por lo tanto, el único criterio que tendríamos que haber aplicado es el de equidad, permitir que las mujeres puedan inscribirse y participar de este proceso y sean obviamente calificadas en la misma proporción en igualdad de condiciones”, añadió.
El TSE envió una nota el lunes al vicepresidente del Estado presidente nato de la Asamblea Legislativa Plurinacional, David Choquehuanca, para que aclare por qué no se cumple con la “paridad” de género en las listas de los candidatos para las judiciales en Santa Cruz y Cochabamba.
El diputado del Movimiento al Socialismo del ala arcista Juan José Jáuregui indicó que hay que darle una interpretación “sistemática” a la Ley 1549, Transitoria para las Elecciones Judiciales, bajo el razonamiento de que las postulaciones deben cumplir y garantizar la “equidad de género”.
“Hay equidad de género, tenemos 16 damas abogadas, y no se olviden ustedes que las previsiones de la Ley 1549 incluso eran ventajosas para las damas abogadas porque no se olviden también que no era requisito superar los 130 (puntos) para poder ingresar a las postulantes como candidatas”, indicó Jáuregui.
Indicó que el hecho de que en estos dos departamentos no exista paridad, es un tema que “se escapa de las posibilidades y facultades y atribuciones” de los asambleístas.
El sábado pasado, el vicepresidente del TSE Francisco Vargas indicó que en caso de tener una respuesta rápida de la Asamblea sobre esta observación, las elecciones se realizarían a mediados del mes de diciembre.
“Prevemos que se lleve adelante la primera quincena de diciembre, pero esto va a estar sujeto a la respuesta que nos den los miembros de la Asamblea, esperamos que nos puedan responder en el menor tiempo posible”, añadió el vicepresidente del TSE en entrevista con El Deber Radio.
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