Brújula Digital |24|06|24|
El presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional David Choquehuanca dijo este lunes que el fallo de una jueza de Cochabamba “carece” de competencia y “no tiene la facultad de disponer el ejercicio de atribuciones en otro Órgano del Estado”. La decisión judicial ordenó al también Vicepresidente a convocar a una sesión de la Asamblea en 72 horas para convalidar las leyes aprobadas el 6 de junio.
“Tal orden carece de fundamento competencial, ya que no tiene la facultad de disponer el ejercicio de atribuciones en otro Órgano del Estado, en clara contravención a la Constitución Política del y la jurisprudencia establecida por el Tribunal Constitucional Plurinacional”, señala el documento de la presidencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
El viernes 21 de junio, la senadora evista Lucy Sara Escobar Velasco interpuso una Acción de Libertad en un juzgado de Cochabamba, con la intención de dejar sin efecto el auto constitucional que suspendió la competencia de Andrónico Rodríguez, para convocar al pleno de la Asamblea Legislativa. Con este recurso, la parlamentaria impugnó la resolución del Recurso Directo de Nulidad (RDN) interpuesto por el diputado arcista Juan José Jáuregui.
“En un desarrollo irregular, la Juez de Sentencia Penal No 6, durante la audiencia, admitió una ampliación de la Acción de Defensa en contra del Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, sin que este haya sido notificado previamente. Esta decisión ha dejado al Órgano Legislativo en una situación de absoluta indefensa en la referida Acción de Defensa, al desconocer los términos y argumentos presentados por la parte accionante, vulnerando así la garantía constitucional y convencional a la Defensa”, detalla el comunicado de la Vicepresidencia.
La senadora Escobar alegó la vulneración de derechos en el RDN “manifiestamente ilegal” con auto de admisión que vulnera el debido proceso. Denunció que magistrados “prorrogados” resolverán el recurso de nulidad contra séptima sesión de la Asamblea Legislativa Plurinacional presidida por Rodríguez.
La acción de libertad es en contra de los magistrados del TCP que conocieron el RDN y sostiene que, pese a que estas autoridades se encuentran en manifiesto conflicto de intereses, no se excusaron ni hay recurso de recusación.
Según el evismo, la decisión judicial ordenó a Choquehuanca a convocar a una sesión de la Asamblea en 72 horas y convalidar las leyes aprobadas el 6 de junio. En esa fecha se aprobaron leyes que ponen fin a las funciones de los magistrados autoprorrogados, un crédito de 176 millones de dólares, además del decreto de indulto y amnistía para privados de libertad.
“La situación resulta jurídicamente incoherente y excede la razonabilidad jurisdiccional cuando la mencionada Juez de Sentencia Penal No 6 ordena al Vicepresidente del Estado Plurinacional y Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional convocar a la Asamblea Legislativa Plurinacional en un plazo de 72 horas. Tal orden carece de fundamento competencial, ya que no tiene la facultad de disponer el ejercicio de atribuciones de otro Órgano del Estado”, agrega el comunicado de la Vicepresidencia.
En este caso, los evistas y opositores exigen que el Gobierno promulgue el paquete de leyes, entre ellas la cesación de funciones a los magistrados prorrogados, en tanto que los arcistas desconocen la sesión del 6 de junio y se apoyan en una resolución del Tribunal Constitucional que anuló los actuados de Andrónico Rodríguez.
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