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22/05/2020

¿Subrepresentación o sobrerrepresentación de circunscripciones uninominales?

En los últimos días ha resurgido un debate en torno a la sobrerrepresentación y subrepresentación de las circunscripciones uninominales. Al respecto puede advertirse dos posturas: por un lado, la sostenida por la senadora Carmen Eva Gonzales (UD) y el Comité Nacional de Defensa de la Democracia (Conade); y, por otro, la argumentada por Carlos Börth. El propósito del presente artículo consiste en analizar las limitaciones de ambos planteamientos; y posteriormente, sugerir una tercera lectura sobre el tema en cuestión.

El fundamento de la senadora Gonzales y el Conade es más o menos similar, ambos arguyen que la Ley 421 (distribución de escaños) contiene una desproporcionalidad entre las circunscripciones uninominales del área urbana (municipios de capitales de departamento más El Alto) y las circunscripciones del área “rural” (conformadas por los otros municipios del departamento); ambos sostienen que en el área “rural” elegirán al 70% de los diputados uninominales cuando allí solo habita el 30% de la población. Así, la sobrerrepresentación a favor del área “rural” es enorme y la subrepresentación del área urbana es inmensa. Según dicho razonamiento, la forma de enmendar esta desproporcionalidad es realizar una nueva distribución de escaños.

La fragilidad de aquella postura se refleja en las siguientes limitaciones. Por un lado, la relación 70/30 a favor del área “rural” no es cierta; según el padrón electoral de 2019, en las circunscripciones uninominales urbanas se registraron 3,9 millones de personas (57,14%) de votantes y se asignaron 29 (46,03%) escaños; en cambio, en el área “rural” el número de habilitados para votar alcanzaron a 2,9 millones (42,86%) y se distribuyeron 34 (53,97%) diputados uninominales.

Esto revela que la desproporción a favor del área “rural” en contra de la urbana es innegable, pero no en las dimensiones exageradas formuladas por la señora Gonzales y el Conade. Por otro lado, la postura de la senadora y el Conade es demasiado general e induce a pensar equivocadamente que esa sobrerrepresentación a favor del área “rural” se presenta en todos los departamentos; no es así, hay departamentos donde el padrón del área urbana es significativamente menor en relación al área “rural”, por ejemplo, la capital de Potosí concentra solo el 35,81% de electores habilitados y la capital del Beni centraliza el 33,66% de electores.

Por lo señalado anteriormente, sin duda, la posición de la senadora Gonzales y el Conade es una postura que carece de sólidos argumentos.

En la reflexión de Carlos Börth (seminario virtual auspiciado por la Fundación Vicente Pazos Kanki, 18-05-20) también puede identificarse algunas inconsistencias. Börth se empeña en intentar demostrar que la población de las circunscripciones uninominales del área urbana y el área “rural” son más o menos similares y que sobrerrepresentación es mínima, por tanto, resulta innecesaria cualquier modificación en la distribución de escaños.

El analista político, tomando como ejemplo el departamento de La Paz, nos indica que el promedio de habitantes en las circunscripciones del municipio paceño es de 202.491 personas y el promedio en el municipio alteño es de 233.263 residentes; en cambio, la menor población en las circunscripciones “rurales” es de 162.271 personas (circunscripción 14) y la mayor es de 227.025 habitantes (circunscripción 18).

A simple vista las diferencias son mínimas e incluso la cantidad de habitantes de la circunscripción 18 es mayor que el promedio de las circunscripciones de La Paz. Pero aquella comparación es incorrecta; lo adecuado es cotejar los electores concentrados en las circunscripciones del municipio paceño y alteño, que suman 1,35 millones de habilitados para votar (70,96%), con los electores aglutinados en las circunscripciones “rurales” que alcanzan a 552.363 electores (29,04%). Así puede constatarse que la diferencia entre área urbana y “rural” es inconmensurable y no como Börth lo señala.

Otra limitación de la postura de Börth es que en su análisis de la desproporción está ausente la combinación de dos variables importantes: padrón electoral y asignación de escaños entre el área urbana y “rural”. Su reflexión le brinda escasa atención a esta relación y, cuando lo hace, lo considera de manera superficial y ligera, descartando su efectiva consecuencia.

Nuestra lectura considera aquella carencia. Conforme el padrón de 2019, en el departamento de La Paz el 70,96% de electores de las circunscripciones de los municipios urbanos (municipios de La Paz y El Alto) eligieron ocho diputados uninominales (57,14%); esta relación revela una subrepresentación de 13,81%. Esto significa una distribución menor de escaños en relación a la proporción de habitantes. Lo contrario puede advertirse en las circunscripciones del área “rural”, aquí el 29,04% de votantes eligieron seis escaños uninominales (42,86%), esto muestra una sobrerrepresentación de 13,81% que implica una asignación mayor de diputaciones respecto de su población. Cuando los índices se aproximan a cero denota una mayor proximidad al principio democrático de “una persona, un voto”.

Otro elemento que permite sustentar que la desproporción entre área urbana y “rural” no es una ficción, es considerar la relación entre votos necesarios para acceder a las diputaciones uninominal en áreas urbanas y “rurales”.

Y ahora veamos cuantos votos necesitan los candidatos uninominales para obtener su diputación. Según el padrón de 2019, en las circunscripciones urbanas (municipios de La Paz y El Alto) los habilitados para votar sumaron 168.694 electores. Por lo tanto, la mayoría absoluta se lograría con 84.348 votos; por el contrario, en las circunscripciones “rurales” (resto de los municipios) se evidencia que el promedio de votantes alcanzó a 92.061 electores y, consecuentemente, la mayoría absoluta fue de 46.032 votos (para lograr una diputación se necesita mayoría simple, el cálculo se hizo en aras de comparación). Esto demuestra que en el área “rural”, en comparación con el área urbana, se precisa casi la mitad votos para acceder a un escaño; esta es otra forma como se revela la sobrerrepresentación a favor del área “rural”.

Así, mi lectura es una postura intermedia entre una posición que exagera la sobrerrepresentación (senadora Gonzales y el Conade) y otra que minimiza la sobrerrepresentación (Börth).

Eduardo Leaño Román es sociólogo, docente universitario.



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