Martín Luque sintió un infinito vacío en su estómago el momento en que la jueza de Instrucción Anticorrupción y contra la violencia hacia las mujeres 2 de El Alto, Miriam Tarqui Flores, ordenó su detención en la cárcel de San Pedro. Un adormecimiento de impotencia trepó desde sus pies hasta su cabeza. Se nubló su vista y se sintió en una dimensión desconocida. No supo, en ese instante, si el tiempo avanzaba o retrocedía.
Hasta hoy, no se explica que el fiscal Favio Maldonado Parada no haya escuchado su declaración. ¿Acaso la palabra del acusado no es la principal defensa de éste?
Tampoco se explica, a un año del hecho, que el fiscal no haya tomado en cuenta las declaraciones de sus testigos que aseguraron que el 2 de octubre de 2020, día del asesinato de Mónica, él estaba a kilómetros del lugar del crimen. ¿Cómo es posible que el fiscal Maldonado lo haya imputado y la jueza Tarqui lo haya encarcelado si él (Martín) ni conocía a la víctima?
La imputación, de pésima y pobre redacción, dice: “se ha establecido la existencia de suficientes elementos de convicción el imputado Martín Luque con probabilidad autores del delito (sic) que se le imputa (feminicidio Art. 252 Bis Num. 1 del CP.) del Código Penal (Art 233 núm. 1 C.P.P.)”
¿Cuáles son esos elementos de convicción? En la imputación no hay ni uno. El “papelito” sólo refleja el sesgo de confirmación del Fiscal que cuadra su malvada imaginación en un hecho que nunca sucedió.
Martín contó, en radio Compañera, que el Fiscal basó su acusación en unos supuestos chats entre la víctima y el número: 69782496. La empresa Tigo informó, en respuesta a un requerimiento, que ese número estaba registrado a nombre de Martín Luque.
“Conjuntamente se tiene placas fotográficas de mensajes whatsapp donde el ahora sindicado mantenía una relación amorosa con la ahora víctima fallecida del cual se tiene conversaciones en fecha 13 de septiembre hasta el 24 de septiembre el cual sería la última persona con la que la víctima mantendría una conversación del cual se tiene mediante los elementos colectados y verificativo del número 69782496 sobre el cual estaría registrado al nombre del señor Martín Luque el cual habría mantenido una relación con la víctima en el mes de septiembre en el cual se tiene como última persona que se habría comunicado con ella asegurando una convivencia con la ahora víctima (sic)”, dice la imputación.
Martín afirmó que el fiscal no pidió el extracto de llamadas del 69782496 desde el inicio de su activación (2018). Algo peor, nunca encontró el celular de la víctima. Entonces, ¿cómo accedió a esos chats?, se pregunta. Recién se enteró que en los chats había una foto de la pareja de Mónica. Y pese a este serio indicio, “igual me sindicó”, agrega. El “investigador” no investigó nada.
La desidia, la estulticia y la mala leche del policía, el fiscal y la jueza, responsables de demostrar la “verdad histórica” y garantizar derechos, mandaron a la cárcel a un inocente.
Martín Luque aseguró que nunca registró en 2018 la línea 69782496 a su nombre. Entonces, ¿quién lo hizo? Recuerda que perdió su carné en 2017. Sospecha que la persona que lo encontró utilizó su documento para registrar ese número en tigo.
En su declaración informativa, Martín dijo que nunca en su vida vio a la víctima. La dueña de casa donde vivía Mónica, zona Alto de la Alianza, calle Mejillones, El Alto, dijo que la pareja con quien convivía la señorita de 23 años era un hombre alto. Martín es bajito.
En su imputación, el fiscal Maldonado menciona 23 “elementos de convicción”, entre ellos: el primer informe de intervención policial preventiva, el acta de autopsia y los mensajes de whatsapp. Ninguno de estos elementos involucra seriamente a Martín.
El hecho se produjo en la zona Alto Alianza, distrito 3, y Martín estaba en el mismo momento del crimen en su casa, en Villa Adela, a kilómetros del lugar.
El fiscal y la jueza creyeron en esos “23 elementos de convicción” que no demostraban nada más que la incapacidad de ambos y lo encarcelaron.
Martín permaneció cinco meses y una semana en San Pedro. Derrotado por las evidencias, el Fiscal dictó el sobreseimiento. Lo liberó después de haberle causado graves daños psicológicos, económicos (tenía deudas en el banco y no pudo pagar y gastó como $us15.000 en su defensa) y social porque perdió amigos y familiares, quiénes se alejaron de él al enterarse de un hecho que nunca sucedió. Sus dos hijas y su esposa también fueron afectadas psicológicamente.
Martín, ingeniero industrial de 35 años, pide resarcimiento económico y civil. ¿Le corresponde? Sí.
Martín no quiere que nadie más sufra su mala experiencia. No quiere que nadie más sienta el vértigo y el miedo al pasar el umbral de la cárcel siendo inocente.
Andrés Gómez Vela es periodista