La Corte Constitucional de Ecuador declaró inconstitucionales los Decretos Ejecutivos 500 y 505, emitidos por el presidente Daniel Noboa,
Brújula Digital|Agencias|04|02|25
La Corte Constitucional de Ecuador declaró inconstitucionales los Decretos Ejecutivos 500 y 505, emitidos por el presidente Daniel Noboa, al considerar que la asignación de la Presidencia mediante un decreto vulnera el artículo 146 de la Constitución.
Este artículo establece que, en caso de ausencia del mandatario, la sucesión debe ser automática y recaer en la persona que ejerza la Vicepresidencia. La decisión, adoptada el 23 de enero de 2025, se notificó oficialmente el 3 de febrero.
Noboa continuará siendo el presidente de Ecuador hasta que las elecciones definan quién será el siguiente mandatario.
El fallo subraya que el cargo de presidente no puede delegarse por decreto ni estar sujeto a subrogaciones fuera de lo estipulado en la Constitución. La Corte enfatizó que solo el vicepresidente puede asumir la jefatura de Estado en ausencia del presidente, conforme a los artículos 146, 149 y 150 de la Carta Magna.
Tras la sentencia, el Ministerio de Gobierno emitió un comunicado asegurando que esta ratifica la vigencia de los Decretos Ejecutivos 494 y 512, que designan a Cynthia Gellibert como vicepresidenta encargada debido a la ausencia de Verónica Abad.
También argumentó que la Corte validó que Noboa no requiere licencia para su campaña electoral, dado que el tribunal no tiene competencia sobre el artículo 93 del Código de la Democracia.
Sin embargo, la Corte aclaró que no emitió pronunciamiento sobre posibles infracciones electorales, ya que esta responsabilidad recae en el Tribunal Contencioso Electoral.
El fallo también dejó claro que, aunque los decretos fueron derogados antes de la sentencia, su control de constitucionalidad sigue siendo necesario para garantizar la supremacía de la Constitución. Esta decisión limita la facultad del presidente Noboa de designar interinamente a otro funcionario sin seguir el mecanismo constitucional de sucesión.
El constitucionalista Juan Guerrero explicó que, tras este fallo, el reemplazo presidencial ocurre automáticamente y recae en quien ocupe la Vicepresidencia. Esto podría implicar que Verónica Abad asuma plenamente su cargo, ya que Noboa no puede delegar la Presidencia mediante decreto.
BD/MS