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Economía | 30/11/2022   17:45

Anteproyecto de ley plantea la creación de la Fuerza de Tarea Conjunta de Lucha contra la Minería Ilegal

El proyectista de la norma, denuncia que a ocho meses de haber presentado el anteproyecto de ley de lucha contra la minería ilegal ante la ALP, este ni avanza.

Draga aurífera en el Norte de La Paz. Foto: Contiocap

Brújula Digital |30|11|22|

Ante el descontrol de la explotación ilegal del oro, el anteproyecto de Ley para el Fortalecimiento Integral de Lucha Contra la Minería Ilegal y Actividades Ilícitas Conexas plantea la creación de una Fuerza de Tarea Conjunta de Lucha Contra la Minería Ilegal. Sin embargo, a ocho meses de su presentación ante la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP),  su tratamiento no avanza, según informó su proyectista, Jaime Cuellar.

“En el marco de la experiencia práctica, teórica e inclusive académica en la lucha contra la minería ilegal realicé esta iniciativa legislativa ciudadana y la presente el 25 de marzo de este año, transcurrido ocho meses, a la fecha no se tiene respuesta formal y objetiva sobre el destino de esta iniciativa”, afirmó a Brújula Digital.

La propuesta de normativa ingresó de manera formal el 25 de marzo de este año, con carta dirigida al presidente nato de la ALP; David Choquehuanca. Posteriormente, el anteproyecto también fue presentado ante el presidente de la Cámara de Diputados, Freddy Mamani.

“El anteproyecto está en el Comité de Minería; hicimos seguimiento sin éxito alguno, y se nos dice que estuviera en manos de un asambleísta que responde a Comunidad Ciudadana (…). Este texto normativo se constituiría en la punta de lanza en la lucha contra la minería ilegal”, señaló.

Según el proyectista, el flagelo económico ocasionado al Estado, por las acciones de minería ilegal, ligada a su vez a delitos conexos, se ha constituido en uno de los más grandes problemas, que afecta de forma progresiva a la convivencia, seguridad, medioambiente y economía del país, lo cual genera trascendencia local y regional.

El artículo cuarto del proyecto de norma plantea la conformación de la Fuerza de Tarea Conjunta de Lucha contra la Minería Ilegal y actividades Ilícitas conexas compuesta por dos niveles: el nivel estratégico y el nivel operativo.

El nivel estratégico estaría a cargo de la generación de normas, políticas y estrategias integrales de lucha contra la minería ilegal y actividades ilícitas conexas, mientras que el nivel operativo estaría a cargo de los componentes militar, policial e instituciones del Estado, responsables de articular y generar los mecanismos para la ejecución de acciones preventivas, control y de interdicción en contra de la minería ilegal y actividades Ilícitas conexas.

“Hacer notar que es una construcción normativa sujeta a parámetros prácticos de quien tuvo entre sus las tareas que ejerció en la lucha contra la minería ilegal, y no solamente se trata de elementos teóricos, doctrinarios y normativos a nivel internacional que hacen de este proyecto una normativa idónea que debería tener el Estado frente a la minería ilegal”, señaló.

El proyectista también se basa en la Ley 535 de minería y metalurgia, que señala que el Ministerio de Minería y Metalurgia en coordinación con la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), ante la evidencia de explotación ilegal de recursos minerales, dispondrán en un plazo máximo de 48 horas, mediante resolución fundamentada, la inmediata suspensión de actividades ilegales.

Pero también en paralelo recuerda que el AJAM, debe solicitar ante la autoridad competente, a la detención de los autores de explotación ilegal con el auxilio de la fuerza pública, para su representación ante autoridades del Ministerio Público y a la neutralización, decomiso o destrucción de la maquinaria empleada.

La minería ilegal es tipificada como delito penal por la Ley 367 de 1 de mayo de 2013, que incorpora el artículo 232 al capítulo II, título VI del Libro Segundo del Código Penal, que establece: “El que realizare actividades de explotación de recursos minerales sin contar con autorización o derecho otorgado en el marco de la normativa vigente, será sancionado con privación de libertad de cuatro a ocho años”, sostiene.

La explotación ilegal del oro en los ríos amazónicos ha generado inseguridad en la región y el desplazamiento de indígenas de sus propios territorios. Las cooperativas auríferas en sociedades ilegales con capitales extranjeros penetraron áreas protegidas y territorios indígenas, lo cual ha generado llamadas de atención desde Naciones Unidas por el incumplimiento del Estado boliviano al Convenio de Minamata, ante el desborde de importación de mercurio, que también es traficado a países vecinos.   

BD JMC





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