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Sociedad | 24/10/2025   17:10

Senado aprueba Ley que crea la Red Nacional de Bancos de Leche Humana

La Cámara Alta aprobó el proyecto de “Ley de Implementación de la Red Nacional de Bancos de Leche Humana”, una normativa que está destinada a garantizar el derecho a la vida, la salud y la nutrición de los recién nacidos

El pleno del Senado en una imagen de archivo. Foto: CS
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Brújula Digital|24|10|25|

La Cámara de Senadores aprobó el proyecto de “Ley de Implementación de la Red Nacional de Bancos de Leche Humana”, una normativa que está destinada a garantizar el derecho a la vida, la salud y la nutrición de los recién nacidos en todo el territorio nacional.

Según un reporte de la Cámara Alta, esta norma, impulsada por el presidente del Senado, Andrónico Rodríguez, y la Mesa Técnica de la Niñez y Adolescencia, tiene como objetivo el fortalecer las políticas públicas de atención a la primera infancia, con la promoción de la lactancia materna.

“Hoy aprobamos una ley que protege la vida, la salud y la nutrición de nuestros niños y niñas, reafirmando nuestro compromiso con la primera infancia”, destacó el Presidente del Senado y proyectista de la norma.

Red Nacional de Bancos

La Red Nacional de Bancos de Leche Humana, según el reporte del Senado, estará conformada por bancos de leche, centros de recolección, salas de cuidados especiales y salas de lactancia en hospitales y centros laborales, bajo la rectoría del Ministerio de Salud y Deportes.

Los bancos de leche humana funcionarán como centros especializados para el análisis, conservación y distribución gratuita de leche materna bajo prescripción médica.

Los centros de recolección se encargarán de recibir la leche donada, garantizar su seguridad y coordinar su traslado. Las salas de cuidados especiales atenderán a niñas y niños hospitalizados que requieran alimentación con leche materna, mientras que las salas de lactancia, en zonas de trabajo público y privado, facilitarán que las madres puedan extraer y conservar la leche para sus hijos.

Esta normativa da prioridad como beneficiarios a los recién nacidos prematuros, de bajo peso, hijos de madres adolescentes, lactantes en situación de abandono o aquellos cuyas madres padezcan enfermedades que impidan la lactancia directa.

BD/RED



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