Brújula Digital|07|02|25|
Elizabeth Salguero Carrillo
Recientemente, la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN) intervino en un ritual de sanación con San Pedro, el cactus sagrado de los Andes. Aunque se desconocen los detalles del comportamiento de las personas arrestadas el 26 de enero, es inconcebible que al San Pedro o Wachuma se le aplique la Ley 1008 por contener mezcalina, equiparándolo injustamente con sustancias ilegales y peligrosas procesadas químicamente.
Drogas sintéticas altamente adictivas y destructivas, como el fentanilo, la cocaína, el éxtasis (MDMA), el LSD y el “tusi” (una mezcla de sustancias psicoactivas), han ganado popularidad entre la juventud boliviana. Las autoridades deberían centrar sus esfuerzos en combatir la comercialización y distribución ilegal de estas sustancias. La cobertura mediática convocada por la FELCN parece haber buscado un efecto favorable, demostrando eficacia en su labor, cuando en realidad podría ser una cortina de humo para desviar la atención pública de otras sustancias nocivas para la sociedad.
Las autoridades de los ministerios de Culturas, Salud y Justicia deberían pronunciarse en el marco de la descolonización y las leyes de patrimonio cultural intangible ante esta campaña de amedrentamiento y persecución de plantas medicinales. Es necesario rectificar y proteger las costumbres y sabidurías ancestrales.
El San Pedro o wachuma, la ayahuasca, el peyote, los hongos psilocibios y otras plantas maestras han sido utilizadas ancestralmente en América Latina con fines de sanación, liberación y conexión espiritual. Estos rituales forman parte del acervo cultural de los pueblos originarios y se practican para el bienestar, la salud y la cohesión social, siendo respetados por milenios.
En Bolivia, la wachuma y la ayahuasca se han empleado en rituales psicomágicos por las poblaciones andinas, vallunas y amazónicas. Sus usos sagrados están protegidos por la legislación que resguarda los patrimonios tangibles e intangibles de los pueblos originarios, por lo que su criminalización bajo la Ley 1008 resulta contradictoria e injusta.
Aunque algunas sustancias están en la lista número uno de la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961, adoptada por las Naciones Unidas, penalizaríamos también la hoja de coca, que se encuentra en la misma categoría. Es importante destacar que la mezcalina, un alcaloide presente en el cactus San Pedro (Wachuma), está incluida en la Lista I de la Convención de 1971 sobre Sustancias Psicotrópicas. Sin embargo, esta convención no menciona explícitamente a las plantas que contienen mezcalina, lo que ha llevado a interpretaciones diversas en cuanto al uso legal en contextos tradicionales y rituales.
Los sabios curanderos y chamanes, que han transmitido sus conocimientos a través de generaciones, han demostrado la eficacia de estas prácticas en la sanación de diversas dolencias físicas, emocionales y psicológicas. Estas sustancias han sido reconocidas por su efecto terapéutico en el tratamiento de la depresión, la ansiedad, las fobias, el estrés y otras afecciones.
A nivel mundial, el uso de plantas medicinales ha ganado reconocimiento y respeto en entornos médicos y psiquiátricos. Si bien no deben ser comercializadas irresponsablemente sin el contexto ritual y ceremonial provisto por guías, chamanes o curanderos apropiadamente capacitados, esto no implica la criminalización y persecución de quienes realizan estas prácticas milenarias.
Bolivia cuenta con leyes que protegen la libertad de creencias y la medicina tradicional ancestral. La Ley N° 1161 de Libertad Religiosa, Organizaciones Religiosas y de Creencias Espirituales garantiza la libertad de profesar y practicar creencias espirituales, lo que incluye rituales de sanación con plantas maestras dentro de un marco de respeto a la diversidad cultural.
Por su parte, la Ley N° 459 de Medicina Tradicional Ancestral Boliviana regula el ejercicio de la medicina tradicional y reconoce a los curanderos y guías espirituales como parte del sistema de salud. Esta ley protege el uso de plantas medicinales en rituales sagrados, destacando su importancia en la cosmovisión de los pueblos originarios.
La contradicción surge con la aplicación de la Ley 1008, que criminaliza el uso de sustancias consideradas controladas. Equiparar plantas sagradas como el San Pedro y la Ayahuasca con drogas ilegales ignora su uso milenario con fines terapéuticos y espirituales. En países como Perú y Brasil, estas plantas están legalmente protegidas, e incluso en Estados Unidos, la Iglesia Nativa Norteamericana tiene el derecho de utilizar el peyote en ceremonias sagradas.
El uso adecuado y ritualizado de estas plantas genera efectos de sanación profundos, atrayendo a miles de personas de todo el mundo a países como Perú, México y Bolivia en busca de chamanes entrenados para realizar ceremonias de curación. Esta práctica también genera un impacto económico positivo en estas regiones, beneficiando a las comunidades locales.
Además, la investigación científica y la industria farmacéutica han comenzado a estudiar los beneficios terapéuticos de estas plantas, con el apoyo de gobiernos e instituciones académicas. En lugar de perseguir estas prácticas, Bolivia debería alinearse con la tendencia mundial y crear un marco regulatorio que respete la tradición, la ciencia y los derechos culturales.
Es inaceptable que en un país que se reconoce como un Estado Pluricultural se criminalicen y persigan estas prácticas ancestrales, en contra de la tendencia mundial que apunta a su valoración y protección.
Eli Salguero es periodista y activista. Ocupó cargos diplomáticos.