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Política | 03/09/2021

TCP declara improcedente un segundo recurso para reponer dos tercios en la Asamblea

TCP declara improcedente un segundo recurso para reponer dos tercios en la Asamblea

TCP declara improcedente un segundo recurso para reponer dos tercios en la Asamblea. Foto:

Brújula Digital |03|09|2021|

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró improcedente el segundo recurso interpuesto por senadores y diputados de la alianza Creemos, que demandaba la reposición de los dos tercios de voto en el Reglamento de Debates de  la Cámara de Senadores, según la bancada de Creemos.

La alianza política liderada por Luis Fernando Camacho dijo que con esta determinación, el órgano que debe velar por el cumplimiento de la Constitución está “vulnerando preceptos constitucionales desde una perspectiva jurídica y doctrinal, evadiendo entrar al fondo del tema”.

En noviembre de 2020, las bancadas de senadores y diputados de Creemos presentaron dos recursos ante el TCP, cada uno contra la resolución que elimina los dos tercios tanto en la Cámara de Diputados como en la Cámara de Senadores.  

El  1 de septiembre, el Tribunal Constitucional hizo conocer a la bancada de senadores de Creemos sobre el rechazo a un  recurso presentado contra la Resolución No. 128/2019-2020, que elimina los dos tercios en la Cámara de Senadores. El fallo,  con Auto Constitucional 0250/2020, de fecha 2 de diciembre, dando a conocer ese rechazo, fue remitido vía correo electrónico, recién 9 meses después de su emisión, señala la nota de prensa de Creemos.

El 1 de julio de este año, el TCP notificó a la bancada de diputados de Creemos respecto al Auto Constitucional de fecha 2 de diciembre en relación al Recurso interpuesto contra la Resolución No. 215/2019-2020, que elimina los dos tercios en la Cámara de Diputados, aspecto que vulneró el artículo 24, parágrafo I numeral 1, que establece, como requisito de las acciones, proporcionar un correo electrónico a efectos de comunicación inmediata; es decir que de diciembre 2020 a julio de 2021 no se puede hablar de una comunicación inmediata, pese a que se proporcionó el correo electrónico respectivo, denuncia la alianza política.

En consecuencia, los dos Autos Constitucionales de rechazo fueron emitidos por el TCP el pasado 2 de diciembre de 2020; sin embargo, recién fueron dados a conocer uno en julio de 2021 y otro en septiembre de 2021.

La senadora de Creemos Centa Rek, denunció que “llama poderosamente la atención que ambos rechazos tengan la misma fecha, pero su notificación sea con dos meses de diferencia, lo que demuestra con absoluta claridad el sometimiento absoluto del TCP al partido de gobierno,  exponiendo que el rol fundamental de máximo defensor de la CPE son  solo son palabras sin ningún contenido”.

La legisladora agregó que ambos autos constitucionales de rechazo contienen similares fundamentos, que resultan absolutamente vergonzosos y carecen de elementos que no sostienen el mínimo razonamiento jurídico legal. Queda claro que el Tribunal Constitucional responde y se subordina completa y totalmente al actual gobierno. Ambas resoluciones son objetivamente contrarias a la Constitución Política del Estado, pero el Tribunal Constitucional no entro a dilucidar esos aspectos.

Ambos recursos presentados, tanto contra la Resolución de la Cámara de Diputados como de la Cámara de Senadores, se enmarcaban en la vulneración a preceptos constitucionales desde una perspectiva jurídica y doctrinal, pero el TCP evadió entrar al fondo del tema porque si lo hacían no había forma de validar la supresión de los dos tercios, lo cual es un atentado a la Constitución y la democracia; en consecuencia encontraron una vía de escape, porque es un tema de alto interés para el Gobierno de Arce, al reponer los dos tercios en ambas Cámaras entorpecen sus planes de aprobar cuantas leyes sean necesarias sin cuestionamiento alguno.

En los argumentos del TCP, manifiesta, por un lado, que la acción de inconstitucionalidad abstracta es la vía que tiene como propósito expulsar del ordenamiento jurídico, toda norma que sea incompatible con la Constitución, y es precisamente lo que la Alianza Creemos demandó al Tribunal Constitucional Plurinacional, porque la resolución 215 y la resolución 128 son incompatibles con la Carta Magna, señala la nota de prensa.

Según Creemos, e el Tribunal debió optarse por el recurso contra resoluciones del Órgano Legislativo, siendo absolutamente contradictorio. El TCP  argumenta que el recurso contra resoluciones del Órgano Legislativo es la vía para proteger derechos y garantías constitucionales que hubieren sido vulnerados, empero, el recurso presentado por Creemos se fundamentaba en que la resolución que anulaba los dos tercios era incompatible con la Constitución Política de Estado;  es decir, se vulnera el “pluralismo político” (artículo 1 de la CPE),  dejando a la minoría parlamentaria sin ninguna posibilidad de participar en la toma de decisiones al interior de las Cámaras de Diputados y Senadores.

“Este y otros argumentos que sustentaban ambos recursos de inconstitucionalidad ameritaban un análisis de fondo por parte del TCP, pero, como se mencionó, al gobierno no le conviene aquello”, añadió Rek.

También dijo que “resulta vergonzosa la retardación de justicia del TCP”, que nos deja en absoluta indefensión como oposición, adelantando  la pertinencia de presentar otros instrumentos legales a fin de reponer los dos tercios en la Asamblea, controlada por una mayoría del MAS.

BD



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