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Política | 13/08/2021

Del Granado dice que magistrados que avalaron la reelección indefinida cometieron dos delitos

Del Granado dice que magistrados que avalaron la reelección indefinida cometieron dos delitos

El abogado y exalcalde de La Paz, Juan del Granado Foto/Los Tiempos

Brújula Digital |13|08|2021|

El exalcalde de La Paz y abogado, Juan del Granado, aseguró este viernes que los magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) de la gestión 2017, que interpretaron un artículo del Pacto de San José, vulneraron la Constitución Política del Estado y usurparon funciones.

“Estos exmagistrados del año 2017, cometieron otro delito, no solamente resoluciones contrarias a la Constitución (Política del Estado), sino el delito de usurpación de funciones, actuaron sin competencias (al interpretar el artículo 23 del Pacto de San José de la Convención Interamericana de Derechos Humanos”, sostuvo del Granado en una entrevista con radio Compañera.

Aclaró que la función interpretativa del Pacto mencionado solo es tuición de la Corte Americana y que por esa razón –recalcó– que los personeros pueden enfrentar juicios en el país.

“A mi criterio, este TCP del año 2017, no solamente violentó la CPE, sino que usurpó funciones. La labor interpretativa  del pacto de San José de la Convención Interamericana, es privativa de la Corte Interamericana, nadie más que la Corte puede interpretar el Pacto de la Convención”, señaló el abogado.

En noviembre de 2017, el TCP mediante la Sentencia Constitucional 0084/2017 del 28 del mes mencionado, habilitó la elección indefinida de Evo Morales, bajo el criterio de Control de Convencionalidad, el cual fue el resultado de una interpretación por sí mismos al artículo 23 de la Convención Americana.

Al respecto, el exburgomaestre paceño, dijo que los responsables directos son los magistrados del 2017 que avalaron la postulación de Morales a una tercera reelección presidencial en 2019 e indicó que se los puede juzgar con la Ley 044”, pero opinó que eso no sucedería porque serían remitidos al parlamento (constituido por mayoría de legisladores del Movimiento Al Socialismo).

“Los responsables directos e inmediatos son los magistrados que firmaron esa sentencia constitucional, la 0084. Está claro que ellos tienen la primera responsabilidad, sobre el cual habría que realizar procesos y enjuiciamientos por un tratamiento jurisdiccional, porque hay una ley la 044 de enjuiciamiento de los magistrados, que, bueno, lamentablemente remite al parlamento”, señaló del Granado.

Respecto a la interpretación y posterior habilitación como candidato para las presidenciales de Morales, del Granado manifestó que se debe presentar un recurso de nulidad para derogar la Sentencia Constitucional de 2017.

“Hay que plantear un recurso de nulidad, donde la CPE, en su artículo 122, establece con claridad que serán nulos y son nulos los actos de quienes usurpen las funciones y actúen sin competencias”, aclaró.

Este viernes, de manera oficial la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) “concluyó que la reelección presidencial indefinida no es un derecho humano autónomo, pues no cuenta con reconocimiento normativo en la Convención ni en la Declaración Americana, y de forma general, en el corpus iuris del derecho internacional de los derechos humanos, en otros tratados internacionales, en la costumbre regional, ni en los principios generales de derecho”.

Asimismo, “la Corte concluyó que la habilitación de la reelección presidencial indefinida es contraria a los principios de una democracia representativa y, por ende, a las obligaciones establecidas en la Convención Americana y Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre”.

Juan Del Granado fue el abogado que impulsó el juicio de responsabilidades en contra del dictador y narcotraficante, Luis García Meza y que se lograra una sentencia condenatoria.

BD/MC



Documentos adjuntos

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