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Política | 11/05/2020

Asociaciones de periodistas rechazan DS y recuerdan que también denunciaron excesos del gobierno anterior

Asociaciones de periodistas rechazan DS y recuerdan que también denunciaron excesos del gobierno anterior

Brújula Digital |11|5|20|

La Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia (ANPB) y la Asociación de Periodistas de La Paz (APLP) rechazaron este lunes el decreto supremo que restringe la libertad de expresión en el arco de la lucha contra la pandemia del coronavirus y recordaron que tuvieron la misma actitud durante el gobierno anterior.

Ambas asociaciones “rechazan la Disposición Adicional Única del Decreto Supremo 4231 promulgado el 7 de mayo de 2020, debido a que establece una severa restricción, inconstitucional e inconvencional, al penalizar el derecho humano y fundamental a la libertad de expresión, y piden que sea eliminada”, según afirma un comunicado emitido el lunes.

“Para poner nuestra clara posición al resguardo del siempre voraz oportunismo político, hacemos notar que en el tercer período del expresidente Evo Morales también rechazamos el intento de penalizar el derecho a la libertad de expresión cuando se pretendió, sin fundamento, aprobar un nuevo Código Penal que hubiera arrasado con el derecho a la libertad de expresión y con nuestras normas legales y de autorregulación”, asegura el pronunciamiento.

La ANPB y la APLP dejan establecido que un decreto supremo, de inferior rango jurídico, no puede vulnerar los artículos 21.5, 106 y 107 de la Constitución Política del Estado, que fija las condiciones de validez del resto del ordenamiento jurídico y de las decisiones y resoluciones de las autoridades públicas y que garantiza el ejercicio del derecho humano y fundamental a la libertad de expresión.

“La disposición adicional de DS 4231 no sólo es inconstitucional, inconvencional e ilegal, sino que hasta puede acarrear responsabilidad internacional para el Estado”, expresó.

Por su parte, el gobierno intentó minimizar la polémica y mediante el ministro de la Presidencia, Yerko Núñez, expresó que los periodistas “deben estar tranquilos” porque la norma mencionada pretende castigar la “desinformación” sobre el avance del coronavirus que generan “ciudadanos”, no los periodistas.

Núñez dijo que “los periodistas tienen que estar tranquilos porque ellos están sometidos a la Ley de Imprenta, que está establecida en la Constitución Política del Estado” y “(deben) cuidarse son los ciudadanos que están tratando, en las redes sociales, de confundir, de enfrentar, (de generar) mala información, esos son los que deberían estar preocupados”.

Para los periodistas, esos no son argumentos válidos: decir “que (sólo) los periodistas están al amparo, ante esta draconiana restricción a la libertad de expresión, de la Ley de Imprenta del 19 de enero de 1925, porque el artículo 1 de esta norma, con la gran claridad expositiva de sus creadores, señala que se trata no de una ley exclusiva para los periodistas, sino que “todo hombre” tiene el derecho de publicar sus pensamientos, “sin previa censura, salvo las restricciones establecidas por la presente ley”.

Es decir, la sabia Ley de Imprenta consagra el derecho de los bolivianos y bolivianas a ejercer el derecho a expresarse.

Decreto Supremo

La presidenta Jeanine Añez promulgó el DS 4231, que fue dado a conocer el domingo, en el que amenaza con sancionar la “desinformación” sobre la pandemia ya sea en forma escrita, impresa o artística. La norma ampara en la declaratoria de emergencia sanitaria aprobada hace dos meses.

El DS 4231 precisa que si una persona desinforma puede ser demandado ante el Ministerio Público y responder no solamente por delitos contra la salud pública, como establecía la norma anterior, sino por otros que puedan calificar los fiscales.

El nuevo 4231 modifica el parágrafo II del artículo 7 del Decreto Supremo N° 4199, de 21 de marzo de 2020; y el parágrafo II del artículo 13 del Decreto Supremo N° 4200, de 25 de marzo pasado. A partir de la fecha cualquier persona que “desinforme” incluso de manera “artística”, será pasible a denuncia por la comisión de varios delitos tipificados en el Código Penal.

Carlos Mesa

El expresidente Carlos Mesa, candidato a la presidencia por Comunidad Ciudadana, considera que la norma es “una limitación de un derecho fundamental, el derecho a la información, que está contemplado en el artículo 13 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos y en dos artículos de la Constitución, uno que habla del derecho a la información, a la opinión y a la libre expresión”.

“Debemos llamar la atención sobre una decisión que es autoritaria y que vulnera derechos constitucionales fundamentales de nuestra sociedad”, afirmó.



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