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Política | 18/09/2021

Alertan que la ley contra legitimación de ganancias ilícitas anula la reserva de fuente para periodistas

Alertan que la ley contra legitimación de ganancias ilícitas anula la reserva de fuente para periodistas

Alertan que la ley contra legitimación de ganancias ilícitas anula la reserva de fuente para periodistas. Foto: Página Siete

Brújula Digital |18|09|2021|

La ley contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas, aprobada ayer en la cámara de Diputados, anula la reserva de fuente para periodistas y también establece una censura previa para los trabajadores de la prensa, según alertan asambleístas de Comunidad Ciudadana (CC) y dirigentes de gremios periodísticos.

Para la directora ejecutiva de la Unidad de Investigación Financiera (UIF), Ana María Morales, afirmó que con esta nueva normativa no variarán las funciones de la UIF por lo que las advertencias de la oposición en la Asamblea no tienen asidero.

El diputado de CC y abogado constitucionalista, Caros Alarcón, advirtió que la ley contra la legitimación de ganancias ilícitas, "además de todos los atentados a los derechos y garantías ciudadanas que perpetra (bomba atómica contra las actividades comerciales y civiles), tiene dos gravísimos atentados a la libertad de prensa".

Éstos son la anulación de la reserva de fuente periodística para cualquier información exigida por la UIF, sin necesidad de orden judicial, fiscal, ni trámite previo alguno, según señala el artículo 11 de la norma que sólo requiere la sanción del Senado donde el MAS tiene mayoría.

La otra "grave vulneración" identificada por Alarcón es la impsición de la "censura previa" penalizando la interpretación, divulgación, publicación, manipulación de la información obtenida y difundida por la Unidad de Investigaciones Financieras, según el parágrafo II del artículo 14.

El diputado Miguel Roca (CC) coincidió con su colega en que esta norma pone en riesgo el “secreto de fuente” o “secreto profesional” protegido por la Ley de Imprenta.

El artículo en cuestión titulado “Exención o Secreto de Confidencialidad” señala que "no se podrá invocar secreto profesional, reserva o confidencialidad en materia financiera, de valores, seguros, pensiones, comercial, tributario, económico, notarial, registro civil, derechos reales, profesionales u otro, cuando la IUF requiera información en el marco de sus atribuciones; esta información será obtenida de manera directa en el plazo y condiciones que la UIF establezca al efecto, sin necesidad de orden judicial, requerimiento fiscal, ni trámite previo alguno y estará libre de todo pago o costo judicial o administrativo”.

Si este precepto se aplica a los medios de comunicación, la UIF requerirá al director o directora del medio la revelación de la fuente y los documentos que respaldan la publicación por ejemplo sobre el presupuesto o fortuna de una figura pública o una empresa.

Actualmente, los periodistas pueden proteger a sus fuentes que entregan la información al amparo del artículo 8 la Ley de Imprenta de 1925 que señala que el secreto de materia de imprenta es inviolable".

El secretario ejecutivo de la Confederación Nacional de la Prensa de Bolivia, Jorge Abrego, afirmó que el artículo 11 de esa norma va en contra de la Consitución Política del Estado, la Ley de Imprenta y el Código Nacional de Ética Periodística, según reporta Erbol.

La Carta Magna garantiza que la información que se difunde en los medios será elaborada de acuerdo a normas propias de ética y de autorregulación de las organizaciones de periodistas y medios.

El expresidente de la Asociación de Periodistas de La Paz (APLP), Antonio Vargas, advirtió que esta ley "es un puñal directo al corazón de la Ley de Imprenta".

No obstante, para el MAS y para el Gobierno se trata de un instrumento legal que "estandariza" las estrategias de lucha contra las actividades delictivas o de lavado de dinero.

BD/JCV



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