"A iferencia de otros procesos electorales”, la sanción será de cumplimiento inmediato una vez se tenga el acta de cómputo final, dijo el vocal.
Brújula Digital |12|08|25|
El vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE) Gustavo Ávila indicó que las organizaciones políticas que no alcancen el 3% de votación en las elecciones del 17 de agosto perderán de inmediato su personería jurídica.
“La ley es de cumplimiento obligatorio e inmediato, organización política o alianza que no tenga el 3%, la norma indica que pierde su personería jurídica “, afirmó Ávila esta mañana en conferencia de prensa.
El vocal indicó que “a diferencia de otros procesos electorales”, la sanción será de cumplimiento inmediato una vez se tenga el acta de cómputo final.
“Ahora lo vamos a cumplir en el mismo acto, cuando tengamos el acta de computo final y evidenciemos que una organización política no ha cumplido este porcentaje que estipula la ley vamos a dar cumplimiento inmediato a esa sanción”, afirmó Ávila.
Ante la consulta de qué ocurriría si un candidato a diputado uninominal gana una circunscripción pero su partido no alcanza el 3% de votación, el vocal explicó: “Nosotros actuamos como dice la norma, el requisito es que no tenga el 3%, que no tenga representación legislativa. Entonces analizando los resultados vamos a tomar la determinación en ese caso”.
Según las dos últimas encuestas de intención de voto presentadas el pasado 10 de agosto, de las ocho organizaciones políticas en carrera, tres no alcanzarían el 3% en las elecciones, se trata de las alianzas Libertad y Progeso-Acción Democrática Nacionalista (ADN), La Fuerza del Pueblo y el Movimiento Al Socialismo (MAS).
Votos nulos y blancos
Ante los medios de comunicación, el vocal Ávila también se refirió a los votos blancos y nulos y recordó que estos solo tienen estadísticos.
“El voto nulo y blanco solo es fines estadísticos. La ley dice que solamente se computan los votos válidos, no tomamos en cuenta los votos blancos y nulos, y ese es el cumplimiento que nosotros tenemos que dar”, afirmó.
Explicó que los candidatos son elegidos a partir del cómputo votos válidos, sin tomar en cuenta los blancos y nulos.
“De ninguna manera se va a anular la elección si existe cierto porcentaje (alto) de votos nulos”.
Recordó que en las elecciones judiciales de 2018, se registró un 60% de votos nulos y no se anuló el proceso electoral “porque la Constitución y la ley no determina eso”.
El expresidente Evo Morales y sus afines impulsan el voto nulo en rechazo a que el exmandatario no figure como candidato.
Pese a la campaña del evismo, en las encuestas no se ha registrado un aumento considerable por el voto nulo.
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