La modalidad que prevalecerá hasta después de la cuarentena, de acuerdo a reglamentación reconoce todos los derechos y obligaciones normadas en el país. La prestación de servicios debe ser la misma que cuando era presencial, la evaluación de resultados será concertada entre trabajadores y empleadores, incluirá capacitación al personal y no significará reducción de salario.
Brújula Digital |07|05|20|
El gobierno nacional aprobó este jueves, una Reglamentación para la implementación del teletrabajo en el sector público y privado, que contempla todos los derechos y obligaciones que actualmente están vigentes en la normativa nacional.
El ministro de Trabajo, Óscar Mercado, informó que, junto al Ministerio de la Presidencia, se emitieron dos resoluciones ministeriales que completan la normativa legal para implementar plenamente el teletrabajo, en los sectores que así lo deseen.
El ministro señaló que esta metodología, se basará en resultados que cada personero pueda generar y que implica la reducción de los costos de transporte, evitará aglomeraciones y dotación de los implementos tecnológicos necesarios por parte de los empleadores, entre otros aspectos. Agregó que el teletrabajo constituye una modalidad de prestación de servicios a distancia, que puede ser desempeñada por los trabajadores desde sus domicilios y no necesariamente desde las oficinas o dependencias donde se encuentra la empresa.
“No solo será durante la cuarentena sino después, esta modalidad llegó para quedarse en los próximos años con todas las ventajas que esto supone”, explicó la autoridad, además de ejemplificar, que en su cartera de Estado se podría reducir hasta en un 50 por ciento el personal presencial.
Mercado manifestó que Bolivia es uno de los primeros países en la región que regula la modalidad de teletrabajo, debido a la crisis sanitaria por el coronavirus (Covid-19), acotó que la normativa fue consensuada con diversos sectores, incluyendo sugerencias del empresariado privado.
“Los sectores más vulnerables serán los primeros en acogerse a esta modalidad, mujeres embarazadas, mayores de 60 años y personas que tengan enfermedades de base, pero no solo sectores vulnerables se podrán acoger, sino todos aquellos que puedan desempeñar de esta forma sus actividades”, complementó el ministro Óscar Mercado.
La autoridad estatal sostuvo que la prestación de servicios debe ser la misma que cuando era presencial, por eso que la evaluación de los resultados debe ser concertada entre trabajadores y empleadores,
De acuerdo a la Reglamentación, la incorporación de la modalidad de teletrabajo, deberá incluir la capacitación al personal y deberá significará una reducción del salario por parte del empleador, aunque el Ministro de Trabajo no se refirió a la reducción de personal que podría originarse en la aplicación de esta nueva forma de trabajo.