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21/11/2021
Tinku Verbal

YPFB, en manos de ineptos

Andrés Gómez V.
Andrés Gómez V.

Hace días, cuando iba de casa a radio Compañera a realizar el programa de la mañana, una señora de aproximadamente 40 años me abordó cerca al atrio de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA) de La Paz.

—Andrés, ¿no?—me dijo tras reconocerme por mis ojos rasgados.

—Sí, señora, ¿en qué le puedo servir?

—¿Vio que YPFB (Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos) se está cayendo?— me dijo y me pidió mi número de celular. Horas más tarde, me reenvió una carta.

Era una misiva del Ministro de Hidrocarburos, Franklin Molina, al Presidente de Yacimientos, Wilson Zelaya.

La carta, del 13 de octubre de 2021, comienza con una advertencia legal. Reza el artículo 28 de la Ley 1178 de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO): “todo servidor público responderá de los resultados emergentes del desempeño de las funciones, deberes y atribuciones asignados a su cargo”, apercibe Molina a Zelaya.

En el segundo párrafo, le hace conocer “su profunda preocupación por la baja ejecución de inversión pública, reportada por la entidad a la fecha, misma que alcanza al 15.08%”.

Midamos al ministro con la misma vara legal que usó para medir al presidente de YPFB.  

El artículo 27, inciso a, de la Ley SAFCO, citado por Molina en el primer párrafo de su nota, señala: “Cualquier tuición que corresponda ejercer a una entidad pública respecto de otra comprenderá la promoción y vigilancia de la implantación y funcionamiento de los sistemas de planificación e inversión, administración y control interno”.

¿Quién debió vigilar la ejecución periódica de la inversión? El Ministro.

Sigamos. El artículo 30 de la Ley Safco establece que “la responsabilidad es ejecutiva (…) cuando se encuentre que las deficiencias o negligencia de la gestión ejecutiva son de tal magnitud que no permiten lograr, dentro de las circunstancias existentes, resultados razonables en términos de eficacia, eficiencia y economía”.

¿Qué es una responsabilidad ejecutiva? Es “una gestión deficiente o negligente”, dice el artículo 34 del Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública aprobado por el Decreto Supremo N° 23318-A.

¿Cuándo una gestión es deficiente o negligente? “Cuando no se ha realizado una continua evaluación y mejora de los sistemas operativos, de administración (…) ni una evaluación técnica del personal que garantice mantener en el trabajo a los servidores cuya capacidad sea comprobada”, especifica el artículo 35.

¿Quiénes son sujetos pasibles de responsabilidad ejecutiva? “El máximo ejecutivo, la dirección colegiada si la hubiere o ambos”, dice el Artículo 36.I.

El artículo 20 de la a Ley de Hidrocarburos señala que el Ministerio de Hidrocarburos es la Autoridad Competente que elabora, promueve y supervisa las políticas estatales en materia de hidrocarburos.

El artículo 21 agrega que el Ministerio de Hidrocarburos tiene como atribuciones: Formular, evaluar y controlar el cumplimiento de la Política Nacional de Hidrocarburos.

En conclusión y según su propia carta, el ministro Molina no supervisó las políticas estatales en materia de hidrocarburos y tampoco controló el cumplimiento de la Política Nacional de Hidrocarburos.

Si hubiese supervisado y controlado a tiempo y no cuando el año está agonizando, la ejecución de la inversión hubiese llegado a octubre al menos al 85%. El Ministro se asemeja al padre que revisa los cuadernos de su hijo al final de la gestión escolar y descubre que éste no había hecho sus tareas. Como ya no puede evitar el aplazo, culpa a su niño.

El Ministro, el presidente y el Directorio de YPFB incumplieron sus deberes. Su negligencia puede tipificarse como conducta antieconómica porque “repercute en la reactivación de la economía nacional”, lo dice el mismo Molina, en su carta.

Molina y Zelaya tenían todo para cumplir las metas: $us8.050 millones (AN-YPFB, 20 de abril 2021) y más de 6.000 empleados, pero fracasaron.

¿Acaso no es delito pagar a más de 6.000 empleados que no cumplieron el 100% de sus tareas? ¿Se necesitaban más de 6.000 empleados para ejecutar apenas el 15%? ¿Ganaron sus dispendiosos salarios sin hacer casi nada?

La citada carta revela un daño económico contra el Estado (es decir, a tu bolsillo). La Contraloría debería determinar la magnitud.

En una empresa privada, cuando un empleado no cumple las metas, se va. El mercado no perdona al ineficiente; en cambio, el partido lo promueve. ¿Actuará el Presidente Luis Arce para reencaminar YPFB o seguirá golpeándose con el golpe que no sucedió?

—Andrés, la nacionalización permite que los ineptos administren la empresa que da de comer a los bolivianos. Hay que ser muy incapaz para ejecutar sólo el 15.08% en un año—me escribió la señora, con quien me encontré por la UMSA, al reenviarme la carta. 
Andrés Gómez es periodista

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bk-cuadrado
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