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Bienes comunes | 24/11/2023

¿Por qué eliminar la Ley 741?

Gonzalo Colque
Gonzalo Colque

Desde hace siete años existe una ley que permite el desmonte de hasta 20 hectáreas de bosque por persona, sin planes de manejo, sin papeleos ni pago de patentes. Es la Ley 741 del 29 de septiembre de 2015, promulgada por Evo Morales en la ciudad de Montero.

Esta ley es considerada como una de las “leyes incendiarias” implicadas en los desastres ambientales y climáticos. La pregunta que muchos se hacen es: ¿se debería eliminar de nuestro ordenamiento jurídico?

Para responder con argumentos es importante conocer por qué se aprobó y cuáles son los resultados.

Primero, la Ley 741 fue creada con el objetivo de garantizar la “seguridad alimentaria” mediante el aumento de la producción de alimentos en los asentamientos nuevos de comunidades en tierras fiscales predominantemente cubiertas de bosques primarios. Nos estamos refiriendo principalmente a la Chiquitanía y a la provincia Guarayos de Santa Cruz, además del sur de Beni y el norte de La Paz. En estas regiones, los alimentos con mayor potencial de producción son el arroz, maíz y trigo. Hasta ahí todo tiene sentido ya que Bolivia es altamente deficitaria en el autoabastecimiento de trigo, medianamente deficitaria en maíz y apenas autosuficiente en arroz.

Quienes exigieron la aprobación de la normativa en cuestión fueron las comunidades interculturales que se beneficiaron con las autorizaciones de asentamientos en tierras fiscales. Solo en Santa Cruz existen más de mil comunidades nuevas ocupando cerca de 1,2 millones de hectáreas. Demandaron la ampliación de los desmontes de cinco a 20 hectáreas por persona durante la Cumbre Agropecuaria “Sembrando Bolivia” de abril de 2015, donde también participaron representantes de los agroindustriales cruceños y ganaderos benianos. En los acuerdos finales, el pedido intercultural tuvo el visto bueno de la Cámara Agropecuaria del Oriente (CAO) y otros representantes del oriente. Cinco meses después, el acuerdo se convirtió en ley.

Segundo, la Ley 741 tiene siete años de vigencia (2016-2022) y existen resultados medibles. Se desmontaron cerca de 460 mil hectáreas a nivel nacional bajo la figura de Planes de Desmonte de 20 hectáreas (PDM20), según cálculos propios basado en los reportes de la Autoridad de Bosques y Tierra (ABT). Esta cifra es bastante consistente con la información desagregada por tipos de actores (campesinos, indígenas y privados). El impacto del PDM20 es por demás sorprendente, comparado con el promedio de los tres años anteriores (2013-2015). Mientras anteriormente el desmonte anual alcanzaba 18,5 mil hectáreas anuales, el promedio anual de los siete años llega a 65,7 mil hectáreas.

Pero lo más importante es conocer si los desmontes contribuyeron al incremento de la superficie cultivada de arroz, maíz y trigo. Y sucede que no. Entre los departamentos de Santa Cruz y Beni, el aumento de la superficie cultivada entre los tres cultivos llegó a 40.800 hectáreas (2015-2022), según los datos oficiales del Instituto Nacional de Estadística (INE). Comparado con el total de los desmontes, esta última cifra equivale al 9%. Todo esto nos lleva a la conclusión de que la Ley 741 no contribuyó al objetivo de producir más alimentos en los bosques desmontados.

Tercero, la ley de desmontes provoca un daño colateral cada vez peor. No contribuye a la producción de alimentos, pero sí a la multiplicación de los incendios forestales descontrolados. Para saber cuán culpable es o cuánto del daño ambiental se le puede atribuir es algo que requiere estudios o evaluaciones técnicas independientes. Sin embargo, basado en el seguimiento y conocimiento de la problemática, se puede plantear como hipótesis preliminar que la Ley 741 es una de las principales causas de fondo que está por detrás de los incendios forestales. Si nos fijamos en la magnitud y ubicación geográfica de las quemas ocurridas en el norte de La Paz, existen grandes solapamientos entre los puntos de origen del fuego y los asentamientos autorizados para comunidades nuevas.

En conclusión, poniendo en balanza los anteriores elementos, lo más razonable y responsable es cancelar la vigencia de los PDM20 y para ello se debe abrogar de la Ley 741. La anulación de esta normativa es una de las mejores decisiones que puede adoptar el gobierno nacional, al menos para deslindar sus responsabilidades a la hora de proteger los derechos de la Madre Tierra. La anulación no es la solución definitiva, pero puede constituirse en un pequeño paso en la dirección correcta.



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