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Economía | 24/04/2020

Gobierno reglamenta créditos para Pymes y pago de remuneraciones para trabajadores

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Pymes Bolivia Foto EA Bolivia

Brújula Digital |24||04|20|

En pasados días, la presidenta Jeanine Añez aprobó el Decreto Supremo 4216, referido al Programa Especial de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, además del Plan de Emergencia de Apoyo al Empleo y Estabilidad Laboral

Este viernes, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (MEFP) aprobó las resoluciones ministeriales 159 y 160, que reglamentan este Programa Especial.

De acuerdo al detalle brindado por esta cartera de Estado, la Resolución 159 autoriza al Banco de Desarrollo Productivo (BDP), la suscripción de contratos con las fuentes de financiamiento para el Programa Especial de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

Los contratos se tratan de préstamos blandos a las micro, pequeña y mediana empresa de todo el país a un plazo de hasta cinco años, entre seis meses y un año de gracia. El monto máximo para otorgar el crédito será de hasta Bs 115.000, mientas que la tasa de interés activa será la tasa regulada.

De acuerdo a la reglamentación, los bancos Pyme, instituciones financieras de desarrollo, cooperativas de ahorro y crédito y entidades financieras de vivienda, serán las que otorguen los créditos a las micro, pequeñas y medianas empresas con el objetivo de precautelar las fuentes de empleo, el funcionamiento, continuidad del negocio y las operaciones de las unidades productivas.

El Programa Especial cuenta con un fondo de Bs 1.500 millones y el BDP será el administrador y el encargado de la colocación de segundo piso a las entidades financieras.

Reglamento para Apoyo al empleo

La Resolución Ministerial 160 reglamenta que las entidades financieras bancarias y entidades financieras no bancarias, públicas y privadas o mixtas se encarguen de la otorgación de créditos para el Plan de Emergencia de Apoyo al Empleo y Estabilidad Laboral.

Entre las condiciones que se establecen están: un plazo de hasta 18 meses y seis meses de gracia para estos créditos. El monto máximo que contempla la otorgación de estos créditos, es el equivalente a dos salarios mínimos nacionales, mensuales por trabajador y por un periodo máximo de dos meses.

El monto máximo por trabajador alcanzará a 8.488 bolivianos, cifra que es el resultado de un Salario Mínimo Nacional (SMN) de Bs 2.122; por dos salarios mínimos por trabajador que alcanza a un total de 4.244 bolivianos; por un máximo de dos meses Bs 8.488; a una tasa de interés de 3,73% anual.

Los prestatarios que obtengan créditos del plan, serán aquellas que no cuenten con créditos o tengan créditos vigentes al 29 de febrero de 2020, en las categorías de riesgo A, B y C.

Las empresas beneficiarias del plan tendrán la obligación de presentar a las entidades bancarias, la última planilla de pago de aportes a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), acompañada de una declaración jurada que respalde la veracidad de la información.

A través del Tesoro General de la Nación (TGN), el Ministerio de Economía, realizará la asignación presupuestaria necesaria para la ejecución del plan, instruyendo al Banco Central de Bolivia (BCB), el débito a la cuenta única del Tesoro. La tasa de interés será concesional e igual a la tasa de interés que el BCB recibe por créditos al Tesoro.

Las entidades financieras tendrán un plazo de 24 meses para la devolución de los recursos al TGN. Además, los recursos asignados a dicho plan, alcanzan la suma de Bs 2.000 millones.

Por último, el ministerio de Economía estableció que las entidades financieras reportarán diariamente a la Autoridad de Fiscalización del Sistema Financiero (ASFI), las solicitudes recibidas para el registro correspondiente.



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