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Economía | 19/05/2020

Empresarios preocupados por determinación del SIN de abrogar facturación electrónica

Empresarios preocupados por determinación del SIN de abrogar facturación electrónica

Servicio de Impuestos Nacionales Foto El Deber

Brújula Digital |18|05|20|

Ante la determinación del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN)  de dejar sin efecto la implementación del Sistema de Facturación Electrónica (SFE), empresarios del país expresaron su preocupación ante el perjuicio que representa la determinación de la entidad estatal.

Con el pedido expreso de “no ser identificados para evitar represalias de parte del SIN”, los empresarios señalaron que las empresas realizaron importantes inversiones para la implementación del SFE en el plazo otorgado por Impuestos Nacionales, por lo que la decisión adoptada a menos de 15 días de su aplicación, determina que las erogaciones realizadas pasen a ser un gasto, ya que lo avanzado no se podrá aplicar.

Un comunicado de prensa de la entidad de impuestos señala, “el Servicio de Impuestos Nacionales dejó sin efecto (Resolución Normativa de Directorio N° 102000000011, de 18 de mayo de 2020) la implementación del Sistema de Facturación Electrónica (SFE), después de realizar un análisis técnico que tomó en cuenta la actual situación económica del país que está agravada por la emergencia sanitaria del Covid-19, que impide el normal desarrollo de las actividades de los contribuyentes”.

El SFE, (sistema de facturación electrónica en el que las compras y ventas se generan en línea y al instante en conexión con los servidores instalados por el SIN y permite que los libros de compras y ventas se procesen de forma automática, y ya no sea necesaria que se presenten cada mes), debía implementarse desde el 1 de junio de este año (2020) de acuerdo con un cronograma, que contemplaba la clasificación de los contribuyentes pero la nueva disposición emitida por el SIN en su artículo único, especifica que la Resolución abroga la anterior disposición del 20 de noviembre de 2018 (101800000026), y las modificaciones realizadas en tres normativas el 2019.

En ese contexto, la determinación del SIN, establece, “por lo tanto, estas modalidades (pago de obligaciones tributarias por parte de las empresas) se reglamentarán de forma separada del sistema de facturación virtual, en el marco de una política de modernización, administración eficaz y eficiente del régimen de impuestos, en base a criterios de integridad, sencillez administrativa, seguridad y equidad jurídica”.

Los empresarios consultados señalaron que un aspecto central del nuevo sistema de facturación electrónica “era que las compras y ventas se generan en línea y al instante en conexión con los servidores instalados por el SIN. De esa manera, los libros de compras y ventas se procesan de forma automática, y ya no es necesario que se presenten cada mes, como sucede ahora”.

Añadieron que resulta paradójico que mientras se trata de fomentar  el uso de la tecnología en los sistemas bancarios (Bancamóvil) o se determinan reglas para Teletrabajo, paralelamente se determina la suspensión del sistema electrónico de facturación y no se considera los gastos e inversiones en las que incurrieron las empresas para adecuar su actividad administrativa al nuevo sistema  que debía aplicarse a partir del próximo 1 de junio.

BD/JI-PA



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