Esta suspensión se da con la finalidad de “aclarar las consultas relacionadas a la designación y registro como Sujeto Obligado de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV)”, culmina el comunicado
Brújula Digital|20|12|24|
La Unidad de Investigaciones Financieras (UIF) suspendió la resolución que obligaba a personas naturales o jurídicas que realicen operaciones virtuales, como la provisión de servicios con criptomonedas, a registrarse ante esta entidad estatal.
“UIF en el marco de sus competencias y atribuciones, comunica que mediante Resolución Administrativa N° 60/2024 de 19 de diciembre de 2024, resolvió SUSPENDER las determinaciones y efectos de la Resolución Administrativa N° 58/2024 de 04 de diciembre de 2024”, señala el comunicado emitido por esta entidad.
Además informa que esta suspensión se da con la finalidad de “aclarar las consultas relacionadas a la designación y registro como Sujeto Obligado de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV)”, culmina el comunicado.
La resolución emitida el 4 de diciembre designa como sujetos obligados ante la UIF a las personas naturales o jurídicas que realicen actividades como PSAV. En esta resolución se establecen los siguientes mecanismos de regulación: intercambio entre activos virtuales y monedas FIAT, el intercambio de una o más formas de activos virtuales, su transferencia, la custodia o administración de los mismos, y la participación y provisión de servicios financieros relacionados con la oferta o venta de un activo virtual.
La segunda disposición de la UIF señala que aquellas personas que hayan realizados tales operaciones deben actualizar su registro ante la entidad.
A finales de junio, el Banco Central de Bolivia (BCB) habilitó el uso de canales e Instrumentos Electrónicos de Pago para las operaciones de compra y venta de activos virtuales.
Según informó en aquel entonces el presidente del BCB, Edwin Rojas, esta medida forma parte de la modernización del sistema de pagos y la mejora continua en el ámbito financiero.
BD/AGT