La Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros tiene 60 días para elaborar el decreto reglamentario.
Fotografía de archivo de una jubilada que cobra su pensión en Ventilla. Foto: ABI
Brújula Digital|06|10|24|
El secretario general de la Confederación Nacional de Jubilados del Sistema Integral de Pensiones, Rodolfo Ayala, informó que se prevé que el incremento de las rentas solidarias a jubilados se pague en enero de 2025.
La semana pasada, el presidente Luis Arce promulgó la Ley 1582, que modifica los límites para las pensiones solidarias de vejez, y ahora se debe elaborar el decreto reglamentario.
“Nos reunimos con el gerente general de la Gestora y, considerando los 60 días para aprobar el reglamento, hemos previsto que a partir de enero del próximo año se pueda contar con el beneficio del incremento en las rentas”, señaló Ayala, informa BTV.
El responsable de pagos de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, José Luis Monzón, informó que la reglamentación está a cargo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS), que tiene 60 días de plazo para emitir el reglamento.
Características de los nuevos límites de la renta solidaria
En el acto de promulgación, el 1 de octubre, el presidente resaltó que los jubilados podrán ganar hasta 1.000 bolivianos adicionales
“Esta ley que hoy acabamos de promulgar aumenta los límites solidarios en función a la cantidad de años de aporte estableciendo 720 bolivianos como límite inferior para quienes han aportado 10 años al sistema y eleva de 4.200 a 5.200 el límite superior para quienes han contribuido durante los 35 años de aportación”, destacó.
Detalles del aporte patronal y de los trabajadores
La Ley 1582 establece que el aporte patronal será de 3,5% y el de los trabajadores variará según el monto de los sueldos.
Quienes trabajen entre Bs 13 mil y Bs 24 mil el aporte será de 1,15%; quienes reciban entre Bs 25 mil y Bs 35 mil aportarán el 5,74%, y para aquellos que ganen más de Bs 35 mil, será del 11,48%.
El proyecto de ley contenía una disposición adicional única referida a que los trabajadores mayores de 65 años debían realizarse un examen de salud para saber si estaban en condiciones de seguir empleados. Esto fue rechazado por diversos sectores, entre ellos médicos y docentes universitarios, que consideraron que este requisito representaba una jubilación forzosa.
BD/JA