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Economía | 01/10/2024   21:43

La ASFI amplía hasta 240 días el plazo para el inicio de procesos judiciales por mora

La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero ratificó que las personas afectadas por bloqueos, especulación de precios, incendios forestales y otros eventos adversos pueden acceder a la reprogramación de sus deudas

La directora de la ASFI, Ivette Espinoza, en conferencia de prensa. Foto: APG

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La directora de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), Ivette Espinoza, ratificó que las personas afectadas por bloqueos, especulación de precios, incendios forestales y otros eventos adversos pueden acceder a la reprogramación de sus deudas; y, además, previo acuerdo entre parte se amplió hasta 240 días el plazo que tienen las entidades financieras antes de iniciar procesos penales por el impago de la deuda.

"Se hicieron modificaciones a las reprogramaciones para que las entidades financieras puedan ofrecer alternativas que beneficien a la persona que las solicita, incluyendo periodos de gracia y otros mecanismos que mejoren el acceso a soluciones ajustadas a las características del crédito de cada prestatario", explicó Espinoza.

Añadió que estas reprogramaciones no implican un cambio de calificación del prestatario a una categoría de mayor riesgo, lo que antes ocurría automáticamente. "El periodo de gracia no perjudica la calificación del deudor, como se establece en la circular de agosto", aseguró.

Entre las novedades, la ASFI amplió el plazo para el inicio de acciones judiciales de 91 a 121 días a partir de la fecha en que el prestatario entra en mora, con el fin de ofrecer más tiempo para encontrar una solución con la entidad financiera.

“Además, tras un análisis de cada caso, este plazo podría aumentar. Con la nueva normativa, se añade un periodo adicional de 120 días, lo que suma un total de 240 días antes de iniciar un proceso judicial", explicó Espinoza.

Las principales entidades financieras del país, como Asoban, Finrural y Asofin, han emitido comunicados en los que confirman que atenderán las reprogramaciones de acuerdo con las características y necesidades de cada prestatario, adaptándose a la generación de ingresos de estos y cumpliendo con las normativas internas y la regulación vigente establecida por la ASFI.

La directora de la ASFI también destacó que los beneficiarios de estas medidas incluyen a sectores afectados por factores externos, como los bloqueos, las limitaciones en las importaciones debido a la especulación del dólar, y los problemas ambientales. "No hay un periodo límite para estas reprogramaciones, ya que se adaptan a las circunstancias que afectaron a estos sectores", señaló.

Ivette Espinoza recalcó la importancia de evaluar caso por caso para mejorar el acceso a soluciones personalizadas. "No es lo mismo un microcrédito que un crédito empresarial; por eso, se debe atender cada caso de manera individual", comentó.

Finalmente, Espinoza aclaró que la reprogramación de créditos no debe confundirse con un diferimiento, ya que este último implica un pago al final del plazo. En la reprogramación, además de los periodos de gracia, se pueden acordar condiciones como tasas de interés más bajas y otros beneficios para facilitar el pago. "Es importante destacar que los prestatarios pueden, además de pagar su cuota, hacer abonos a capital, lo que disminuye los intereses y el tiempo de pago", concluyó.

BD/LE





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