PC_GPTW-Brujula-digital
PC_GPTW-Brujula-digital
Ahorrate Problemas 1000x155px
Ahorrate Problemas 1000x155px
Deportes | 14/11/2024   10:45

Flavio Robatto es sancionado con un año de suspensión

El Tribunal de Disciplina de la Federación Boliviana de Fútbol emitió una resolución por los incidentes que hubo en una visita de Bolívar a Santa Cruz. El entrenador de Real Fabián Straccia también es castigado con un año y ocho meses.

El director técnico de la Academia, Flavio Robatto. (Foto: Club Bolívar)

Brújula Digital, Premium|14|11|24|

El director técnico de Bolívar Flavio Robatto fue sancionado con un año de suspensión, según una resolución del Tribunal de Disciplina (TD) de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF) emitida el jueves.

El castigo para su colega de Real Santa Cruz Fabián Straccia es mayor, de un año y ocho meses.

En ambos casos, el fallo del TD tiene que ver con los incidentes que hubo el 23 de octubre en la cancha de Real, en un partido entre ambos equipos por la jornada 19 del torneo Clausura de la División Profesional. La Academia se impuso por 2-3. 

Robatto y Straccia estuvieron ese día involucrados en hechos diferentes, no ocurrió nada entre ellos.

Un año y multa

El Tribunal de Disciplina decidió “sancionar a Flavio Horacio Robatto, director técnico del Club Bolívar, con la prohibición de ejercer actividades relacionadas con el fútbol por el lapso de un (1) año, conforme señala el artículo 89, numera 1 del Código de Disciplina de la FBF”, reza la primera parte de la resolución.

Además, “multar (a Robatto) con 20 salarios mínimos nacionales vigentes”, conforme dispone el mismo artículo.

A Robatto se le halló culpable de agredir físicamente a un oficial de partido. Fue por golpear con la mano a un miembro de seguridad del VAR y por haberlo insultado. 

El fallo en contra del DT de la Academia es en primera instancia. Según trascendió, Bolívar ya prepara la apelación. 

Más tiempo y multa

El punto tercero de la resolución establece “sancionar a Marcelo Fabián Straccia, director técnico de Real Santa Cruz, con la prohibición de ejercer actividades relacionadas con el fútbol por el lapso de un (1) año y ocho (8) meses, conforme señala el artículo 89, numerales 1 y 4, del Código Disciplinario de la FBF”. 

El numeral 4 establece: “Si la agresión antes descrita fuese dirigida contra dirigentes de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF) y sus miembros, oficiales y oficiales de partido, la sanción se agravará en 2 tercios”. 

Además, la multa al DT es de 33 salarios mínimos nacionales. E igualmente hay una sanción económica para el club Real Santa Cruz, de cinco salarios mínimos. 

BD/





300x300
300x300
@brjula.digital.bo