Bruějula Digital 1000px x 155px
Bruějula Digital 1000px x 155px
Política | 11/12/2018

Mesa pide la anulación de la habilitación de Evo y Álvaro porque viola la Constitución



Brújula Digital|11|12|18|

El candidato de Comunidad Ciudadana (CC), Carlos Mesa, exigió el martes al Tribunal Supremo Electoral (TSE) la anulación del fallo que habilita a Evo y Álvaro, para una nueva repostulación, porque viola la Constitución Política del Estado, que se encuentra vigente, y usurpa las funciones del Poder Constituyente o la población, que es la única instancia competente para incorporar reelección indefinida en la Carta Magna.

“La citada habilitación viola la prohibición específica de más de una reelección establecida en el artículo 168 de la CPE, que se encuentra plenamente vigente, y usurpa funciones del Poder Constituyente que es la única instancia competente del Estado para incorporar la reelección indefinida en el texto de la Constitución”, se lee en la carta dirigida por Mesa y el candidato a vicepresidente de CC, Gustavo Pedraza, a la presidenta del TSE, María Eugenia Choque.

El fallo del Tribunal Supremo Electoral (TSE) “expulsó” la expresión repostulación “una sola vez de manera continua” de la CPE vigente para habilitar a Evo y Álvaro, en cumplimiento de la cuestionada sentencia constitucional 0084/2017 del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), que ya en noviembre de 2017 avaló al binomio oficialista, ignorando el resultado del 21F que en 2016 rechazó la reelección indefinida y la modificación de la Carta Magna.

La carta de CC explica que “la decisión de la habilitación de este binomio del MAS-IPSP está jurídicamente viciada de nulidad absoluta, porque atenta contra la soberanía del pueblo expresada en dos procesos constituyentes, que respectivamente culminaron con el referendo de febrero de 2009 (aprobación de la CPE) y el referendo del 21 de febrero de 2016 (que rechazó la reelección indefinida)”.

El artículo 168 de la CPE prevé la reelección por una sola vez de manera continua, este principio ha sido ratificado en el referéndum del 21 de febrero de 2016, cuando la ciudadanía mayoritariamente votó en contra de la repostulación de Morales y García Linera para las elecciones del próximo año.

En consecuencia, dice el documento, “en ejercicio de nuestro derecho establecido en el artículo 24 de la CPE, solicitamos al Tribunal Supremo Electoral la anulación de la Resolución TSE – RSP – ADM Nro. 0645/2018, de fecha 4 de diciembre de 2018 y su sustitución por otra resolución en la que no se incluya dentro de los binomios habilitados al binomio presentado por el MAS – IPSP”.

Según el documento entregado al TSE, “dicha usurpación de funciones genera nulidad absoluta de acuerdo al artículo 122 de la CPE”, en el que también lamenta que no hubiera recibido respuesta a una anterior carta de fecha 28 de noviembre de 2018.

La noche del martes (4), el Tribunal Supremo Electoral habilitó al binomio oficialista, con votos de los vocales afines al gobernante MAS: Idelfonso Mamani, María Eugenia Choque, Lucy Cruz y Lidia Iriarte. Solo los vocales Antonio Costas y Dunia Sandoval emitieron sus votos contra la habilitación. Ninguno de los seis vocales brindó esa no noche una explicación del fallo ni hasta ahora; cuatro días después el TSE se limitó a publicar la sentencia.



FIE-BANNER--BRUJULA-DIGITAL-1000X155-PX_1
FIE-BANNER--BRUJULA-DIGITAL-1000X155-PX_1


GIF 2 vision-sostenible-gif-ok
GIF 2 vision-sostenible-gif-ok
bk-cuadrado
bk-cuadrado