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Política | 09/07/2019

Autoridades electas podrán postular en las elecciones del 20 de octubre sin renunciar

Autoridades electas podrán postular en las elecciones del 20 de octubre sin renunciar

El Tribunal Constitucional Plurinacional. Foto: Opinión

Brújula Digital|09|07|19|

Las autoridades electas que se habiliten como candidatos, para diputados y senadores en las elecciones del 20 de octubre, ya no necesitarán renunciar a sus cargos tres meses antes de los comicios, de acuerdo con una sentencia publicada el martes por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).

“El Tribunal Constitucional Plurinacional en cumplimiento de sus funciones, determinó a través de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0032/2019 de 9 de julio, que se debe dar aplicación preferente del Art. 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos sobre el Art. 238.3 de la Constitución Política del Estado, siguiendo el criterio de favorabilidad, el principio y valor igualdad y la permisión que hace la misma Ley Fundamental, todo previsto en sus artículos 8.II, 13.IV, 256 y 410.II.”, resalta el documento difundido por el TCP.

La acción de inconstitucionalidad que derivó en esta decisión fue presentada por los diputados opositores Norma Piérola (PDC) y Andrés Gallardo (UD) al TCP. El recurso de los opositores pedía excluir del ordenamiento jurídico al numeral 3 del artículo 238 de la Constitución, el cual dice que no podrán ser candidatos “quienes ocupen cargos electivos, de designación o de libre nombramiento, que no hayan renunciado a éste, al menos tres meses antes al día de la elección, excepto el Presidente y el Vicepresidente de la República”.

Los diputados argumentaron que ese requisito afecta la igualdad y puede ser discriminatorio, tomando en cuenta que no se aplicaba al Presidente y Vicepresidente, pero sí a los demás. El TCP hizo el análisis del caso y concluyó que, de acuerdo con el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos (el mismo con que se habilitó la reelección indefinida del binomio oficialista Evo - Álvaro), no se permite establecer “condiciones injustificadamente discriminatorias para el acceso y ejercicio de cargos electivos, como es la exigencia de renuncia por tres meses antes del día de la elección para unos y no para otros”.

El presidente del TCP, Petronilo Flores, sostuvo que ahora las autoridades electas pueden repostularse sin necesidad de renunciar. “En la presente fecha, el Tribunal Constitucional Plurinacional emitió la sentencia constitucional plurinacional 0032/2019, esta sentencia resolvió que las autoridades que ocupen cargos electivos pueden repostularse al mismo u otro cargo electivo, sin renunciar a su actual cargo, es decir, tres meses antes del día la elección”, explicó en conferencia de prensa.

Afirmó que los beneficiarios con el fallo son “los senadores, diputados, alcaldes, concejales, gobernadores y asambleístas departamentales en actual ejercicio” y que pueden ser susceptibles de habilitares para la próxima legislatura.

El magistrado del TCP, Paul Franco, precisó que la sentencia sólo alcanza a autoridades con cargos electivos, porque la acción presentada se limitaba a ese tipo de funcionarios. Por ahora, la decisión favorece, por ejemplo, al gobernador de La Paz, Félix Patzi, quien antes de esta sentencia debería haber renunciado a su cargo para seguir como candidato presidencial, pero ahora podrá seguir en la postulación sin inconveniente.



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